El Supremo rebaja la condena a 37 de los 47 condenados del caso EKIN y absuelve a 9
- Las penas han sido rebajadas sustancialmente, hasta 16 años en un caso
- Además, declara nula la orden por la que se ilegalizó al clausurado diario Egin
- El Tribunal Supremo ha redactado una sentencia de mil folios
- Las rebajas derivan de que se anula la condición de dirigente de organización terrorista
- Pese a ello, al menos 35 de los 38 condenados en firme permanecerán en prisión
El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a 9 de los 47 procesados en el sumario 18/98 contra el aparato político de ETA -EKIN- y otras organizaciones de su entorno y ha rebajado sustancialmente las penas a otros 37, con lo que son 38 las personas que han resultados condenadas en firme.
El mayor beneficiado de esta rebaja ha sido José Luis Elkoro, presidente de Orain -editora del clausurado diario Egin-, que de 24 años de cárcel ha pasado a tener una pena de 8 años.
Así lo ha acordado la sala de lo penal del TS en una sentencia de 1.000 folios hecha pública este martes, cerca de 20 días después de que el alto tribunal comunicara las absoluciones a la Audiencia Nacional, que, al conocer que se mantenían "los pronunciamientos condenatorios a penas privativas de libertad", ordenó la detención e ingreso en prisión de los que estaban en libertad provisional.
El Supremo ha revocado además la declaración de ilicitud de Orain, aunque mantiene las de KAS, EKIN y XAKI (aparato internacional de ETA), organizaciones a las que la Audiencia Nacional consideró parte de las "entrañas" de la banda terrorista.
Los principales procesados en este sumario han visto rebajadas sustancialmente sus condenas: Xavier Alegría (de 18 años a 12 años y 9 meses), Joxean Etxeberria (de 17 años y medio a 12), Carlos Trenor (de 17 a 10 años y medio) y Elena Beloki (de 13 a 8 años y medio).
Rebaja por anular la condición de dirigente de organización terrorista
Uno de los motivos de las rebajas entre los principales procesados ha sido que el Supremo ha anulado la condición de dirigente de organización terrorista por la que la Audiencia Nacional había condenado a Elena Beloki, Vicente Askasibar, Carlos Trenor, Juan María Mendizabal, Segundo Ibarra y José María Olarra.
El resto de las reducciones de condena han sido debidas a que el Supremo ha considerado que gran parte de los condenados por el delito de integración en ETA debían serlo por el de colaboración con banda terrorista.
De los 38 condenados, al menos 35 permanecerán en prisión a pesar de la reducción de las condenas que, en algunos acusados, es de casi la mitad como es el caso de Inma Berriozabal, que de 12 años de condena que le impuso la Audiencia el Supremo se la deja en seis años y nueve meses, la misma pena impuesta a Andoni Díaz, Juan Pablo Dieguez o Nekane Txapartegi.
El único acusado al que el TS ha mantenido la condena de dos años de cárcel que le impuso la Audiencia Nacional ha sido Joserra Antxia.
No sólo ser parte de un comando
En su sentencia, el TS reitera, como ya hizo al ilegalizar las asociaciones juveniles Jarrai-Haika-Segi, que formar parte de una organización terrorista no se limita a la integración en un comando, sino que se aprecia "cuando se desempeñan otras funciones diferentes como consecuencia del reparto de cometidos propios de cualquier organización a la que no es ajena la de carácter criminal".
Los absueltos habían sido condenados a penas de entre 9 y 11 años de prisión por integración en organización terrorista y, salvo una de ellas, todos están relacionados con el proyecto de desobediencia civil denominado "Piztu Euskal Herria" ("Encender el País Vasco", en euskera).
Se trata de los supuestos miembros de EKIN Natale Landa, Alberto Frías, Olatz Altuna, Mikel Aznar, Mario Zubiaga y Fernando Olalde; el vocal del patronato de la Fundación Joxemi Zumalabe Iñaki O'Shea y el ex redactor jefe de Opinión del diario Egin Sabino Ormazabal; además de Miguel Ángel Zuluaga, que se atribuyó el primer diseño del citado proyecto.
Interior, satisfecho con la sentencia
El Ministerio del Interior se ha mostrado satisfecho con la sentencia del Tribunal Supremo porque avala el trabajo de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
Así lo ha señalado un portavoz de este departamento, que ha añadido que la resolución del alto tribunal confirma que los procesados formaban parte del entramado de la banda terrorista.