La JEC no se pronuncia sobre el uso del Falcon porque excede sus competencias
- La JEC asegura que el asunto "excede" sus competencias
- El acuerdo ha sido adoptado por "unanimidad"
- El PP pide al Tribunal de Cuentas contabilizar el gasto electoral del uso del Falcon
La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido no pronunciarse sobre la posible irregularidad que supone el uso de un avión militar Falcon por parte del presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, para acudir a actos electorales, por cuanto este asunto "excede" sus competencias.
Así lo ha acordado este martes el máximo órgano arbitral electoral en una reunión celebrada en su sede del Congreso para estudiar una denuncia presentada por el PP respecto a la "desventaja" que para el resto de los partidos supone que Zapatero se desplace en aviones militares a mítines y actos electorales.
Fuentes de este órgano han explicado que el acuerdo ha sido adoptado por unanimidad, una vez analizado el escrito del PP.
Por otra parte, el Partido Popular ha remitido al Tribunal de Cuentas un escrito en el que pide que el importe del uso del Falcon "sea computado al PSOE como gasto electoral" después de que el JEC les remitiera a dicho organismo.
El escrito, firmado por los representantes del PP ante la JEC, Pilar Busó y Juan Carlos Vera, recalca la necesidad de que los gastos derivados del uso de un avión militar se contabilicen adecuadamente. En ese sentido, recuerdan que el artículo 130 de la Ley electoral enumera los gastos de los partidos en campaña que deben ser registrados en la contabilidad que han de presentar ante el Tribunal de Cuentas.
Y entre ellos, señalan que han de citarse expresamente los medios de transporte y gastos de desplazamientos de los candidatos, así como de los dirigentes de los partidos, asociaciones, federaciones o coaliciones, y del personal al servicio de la candidatura. También recuerdan que la ley establece la prohibición de efectuar otras aportaciones a los partidos provenientes de cualquier Administración o corporación pública.
"De conformidad con lo señalado, el coste derivado de la utilización del avión militar deberá figurar en la contabilidad que el administrador del Partido Socialista habrá de rendir al Tribunal de Cuentas y que, según el principio básico de registro al que dicha contabilidad está sometida, deberá incluir todos los ingresos y gastos relacionados con la campaña electoral", añade el escrito.
Si no se incluyeran esos gastos, el PP considera que se estaría ante "un manifiesto incumplimiento del principio de igualdad que ha de regir todo proceso electoral de conformidad con las normas más básicas del comportamiento democrático", y esa actitud debería ser sancionada.