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La banca deberá aportar entre el 25% y el 33% del futuro Fondo de Reestructuración Bancaria

  • Así consta en los documentos preparatorios remitidos por el Gobierno a los partidos y al sector
  • La participación de la banca se hará a través del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD)
  • El FROB, que se aprobará este viernes, tendrá un capital inicial de 9.000 millones de euros
  • Sólo actuará en los casos más graves. si no funcionan las soluciones privadas y el FDG

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Luz verde a la creación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria

El sector bancario deberá financiar, a través del Fondo de Garantía de Depósitos, entre el 25% y el 33% de los 9.000 millones de euros con que contará como capital inicial el futuro Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), que regulará las ayudas a las entidades financieras en dificultades.

Así consta en los distintos documentos que el Ejecutivo ha remitido a los grupos parlamentarios y al sector, en los que se dan cifras diferentes sobre la aportación de la banca, dado que se están ultimando los términos del FROB, que previsiblemente se aprobará este viernes en Consejo de Ministros.

En el último borrador que el Gobierno ha remitido a los grupos parlamentarios, se señala que las entidades financieras deberán poner una tercera parte del capital inicial del FROB -de 9.000 millones de euros, aunque tiene una capacidad de endeudamiento de hasta tres veces ampliable a diez-, mientras que las otras dos terceras irían a cargo de fondos públicos procedentes de los recursos no utilizados del Fondo de Adquisición de Activos Financieros.

Sin embargo, en la información que el Ejecutivo ha remitido al sector se habla sólo de una aportación del 25% por parte de las entidades a través del Fondo de Garantía de Depósitos, que se nutre de aportaciones de las entidades financieras y actualmente sirve para pagar los depósitos de los clientes en caso de insolvencia de una entidad financiera.

Solo en los casos más graves

Además, según el borrador remitido a los partidos, en los casos de entidades que pueden ser viables pero necesitan ayuda, se establece que dicho apoyo salga del Fondo de Garantía de Depósitos, aunque cabe la posibilidad, si este fondo no cuenta con dinero suficiente, de que el nuevo FROB le financie.

La intervención plena del FROB se produce en lo que se conoce como tercera fase de la reestructuración -la primera son soluciones privadas y la segunda el uso del FGD- y se dará en los casos más graves.

Así, se obligará al banco o caja con dificultades a fusionarse o a traspasar total o parcialmente su negocio a otra entidad financiera, y en este segundo caso el FROB estaría facultado para ceder total o parcialmente las cuentas corrientes y depósitos de los clientes de una entidad a otra.

Los bancos no participarán en las cajas

Por otra parte, el borrador zanja el debate sobre la posibilidad de que los bancos puedan entrar en el capital de las cajas, porque señala que si el Estado adquiere cuotas participativas con derechos políticos de una caja, estos valores no son, "en ningún caso", transmisibles a "posteriores adquirientes".

También advierte de que el Estado sólo contará con cuotas participativas con derechos políticos en las cajas a las que haya ayudado, si después de cinco años estas entidades no le han vuelto a comprar las participaciones preferentes adquiridas.

Así, los títulos de las cajas de ahorros que el FROB pueda adquirir serán participaciones preferentes, que en un plazo de tres años -prorrogable dos más con un informe favorable del Banco de España- deberá recomprar la entidad y, si no lo hace, el Estado se reserva el derecho a convertirlas en cuotas con derecho excepcional de representación en la Asamblea General.

En el caso de los bancos, estas participaciones preferentes pueden convertirse en cinco años en acciones, con lo que el Estado también tendría voz y votos en el seno de estas entidades si no le recompran sus títulos.

El Gobierno quiere, por otra parte, que las operaciones de fusión o cesión de activos estén ya autorizadas en el momento mismo en el que el Banco de España apruebe el plan de reestructuración que presenten estas entidades y, en el caso de las cajas, el supervisor sólo tendría que pedir un informe a las Comunidades Autónomas. Para los bancos, el Banco de España pediría el informe al Ministerio de Economía.