El Congreso restringe la justicia universal a casos con víctimas españolas o responsables en España
- Sólo han votado en contra de la reforma ERC-IU-ICV y grupo mixto
- Se establece como requisito que haya "vínculos de conexión relevante" con España
- Crímenes de guerra y lesa humanidad podrán ser juzgados si no los investiga el país
- Los grupos en contra denuncia una marcha atrás en la defensa de derechos humanos
El pleno del Congreso ha aprobado por una amplia mayoría la reforma legal que limitará la actuación de la Audiencia Nacional en materia de jurisdicción universal a los casos en los que existan víctimas españolas o en los que los responsables del delito se encuentren en España.
Se trata de una modificación de los apartados 4 y 5 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que regula las competencias de la jurisdicción española en delitos de genocidio, lesa humanidad, terrorismo o piratería, entre otros, y que ha contado con el apoyo de la mayoría de las fuerzas políticas, salvo ERC-IU-ICV y el grupo mixto.
La reforma, que ahora se envía al Senado, ha sido respaldada por PSOE, PP, CiU y PNV -329 votos a favor, 9 en contra y 6 abstenciones- y se ha incluido en el proyecto de ley orgánica que desarrolla la implantación de la nueva Oficina Judicial.
A partir de ahora, como requisitos para que la Justicia española pueda actuar bajo el principio de jurisdicción universal, se establece la necesidad de que se demuestren "vínculos de conexión relevante" con España, que haya víctimas de nacionalidad española o que el autor de delito esté en territorio nacional.
Actualmente la Audiencia Nacional mantiene abiertas una quincena de causas bajo dicho principio de justicia universal, que abarcan desde la investigación de delitos de genocidio en Guatemala o el Tíbet a los crímenes de guerra en Gaza, las torturas en Guantánamo o, más recientemente, los actos de piratería en las costas de Somalia
Nuevas condiciones
Una vez que se aprueben en el Senado las nuevas modificaciones de la LOPJ, los jueces de la Audiencia Nacional ya no podrán actuar en esta materia si se ha abierto una investigación y una "persecución efectiva" de los hechos denunciados en el país donde se hayan cometido o en un tribunal internacional.
Y si el país implicado, o un tribunal internacional, abre otro proceso sobre los mismos delitos, la jurisdicción española deberá archivar provisionalmente la causa que haya iniciado.
Durante el debate en el Congreso, los portavoces del PSOE y el PP han destacado que el objetivo de la reforma es clarificar la regulación de estos delitos para que no queden impunes y homologar la legislación a los países de nuestro entorno.
Inclusión expresa de crímenes de guerra y de lesa humanidad
El socialista Julio Villarrubia ha resaltado también que en la ley se incluyen nuevos delitos en los que se podrá aplicar el principio de justicia universal, como los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra, que antes no estaban expresamente recogidos y que ahora podrán ser juzgados en España si no existe una investigación en el país donde se hayan cometido.
Desde el PP, Dolors Montserrat, ha recordado que esta reforma es consecuencia de una propuesta de resolución que los "populares" plantearon en el debate sobre el estado de la Nación, porque la evolución de la Audiencia Nacional "requería una importante reflexión" sobre su ámbito de actuación.
Sin embargo, los grupos que han votado en contra de esta reforma se han mostrado muy críticos por lo que consideran una marcha atrás en la defensa de los derechos humanos.