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Estrasburgo avala la ilegalización de Batasuna para "mantener la seguridad pública y el orden"

  • El TEDH rechaza el recurso de la formación abertzale contra la decisión del Supremo
  • No cree que esa ilegalización supusiera la prohibición de ideas
  • El Tribunal dice que disolver Batasuna respondía a una "necesidad social imperiosa"
  • Asegura que otras muchas formaciones separatistas coexisten de forma pacífica
  • El partido fue ilegalizado en 2003 por formar parte del entramado de ETA
  • El Tribunal Constitucional ya respaldó la decisión del Supremo

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia), ha considerado este martes por unanimidad que la disolución e ilegalización de Batasuna en 2003 respondía a una "necesidad social imperiosa" y que las medidas adoptadas fueron "proporcionadas".

Tras conocer la noticia de que este tribunal avala la decisión del Tribunal Supremo, el presidente del Gobierno español, José Luis Rodríguez Zapatero, se ha mostrado "satisfecho" con la decisión judicial.

Este tribunal defiende en la sentencia que la disolución del partido por parte del Tribunal Supremo se produjo con el objetivo de "mantener la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y las libertades de los ciudadanos".

El TEDH ha rechazado el recurso que la formación abertzale interpuso en Estrasburgo contra la decisión del Tribunal Supremo, que la ilegalizó el 17 de marzo de 2003 en aplicación de la Ley de Partidos y al considerarla parte del entramado terrorista de ETA.

Según la sentencia, el tribunal rechaza de plano el argumento de Batasuna de que el Gobierno español tenía intención, a través de la ilegalización, de eliminar el discurso de la izquierda independentista vasca. A este respecto, asegura que "otras muchas formaciones 'separatistas' coexisten de forma pacífica en distintas comunidades autónomas de España".

El tribunal indica que la ley "no está destinada a prohibir la defensa de ideas o doctrinas que cuestionen el marco constitucional, si no a conciliar la libertad y el pluralismo con el respeto a los derechos humanos y la protección de la democracia".

El Tribunal Constitucional ya respaldó la decisión del Supremo

Antes de acudir al TEDH, Batasuna había presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, pero este órgano respaldó la decisión del TS de ilegalizar a este partido, a Herri Batasuna y a Euskal Herritarrok.

Agotados todos los procedimientos en la justicia española, sólo le quedó la vía de Estrasburgo, donde el 19 de julio de 2004 interpuso dos recursos contra su ilegalización y la de HB.

En su demanda, Batasuna alegó violaciones de los artículos 10 (derecho a la libertad de expresión), 11 (derecho a la libertad de reunión y asociación) y 13 (derecho a un recurso efectivo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

En diciembre de 2007 el TEDH acordó admitir a trámite parcialmente los recursos, sólo en lo que se refería a los artículos 10 y 11. En febrero de 2008, la Abogacía del Estado pidió al Tribunal de Estrasburgo que los rechazara "por ausencia de fundamento" y que declarara que la disolución de Batasuna no había comportado violación alguna" del Convenio europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales.

En su escrito, el Gobierno afirmaba que era precisamente la actitud de Batasuna y HB la que había contribuido a "deteriorar las condiciones precisas para el ejercicio de la democracia, el pluralismo y las libertades políticas, utilizando la violencia para la consecución de sus fines".

El abogado del Estado recordaba además que tras la disolución de Batasuna se habían producido diversos intentos de dar continuidad a esa formación, y advertía de que "la reacción del Estado frente a los intentos de defraudar la ley" provocarían nuevas sentencias y nuevas demandas ante ese Tribunal.