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Imputada una arquitecta municipal de Sant Boi por el derrumbe del polideportivo que mató a 4 niños

  • La juez le imputa cuatro delitos de homicidio por imprudencia grave y nueve de lesiones
  • El hundimiento del túnel de bateo se produjo el 24 de enero en un temporal de viento
  • La juez achaca el derrumbe a una "imprudencia grave profesional"
  • Afirma que incumplía la normativa y no tenía las "condiciones precisas de solidez y seguridad"
  • La estructura del túnel "era incapaz de soportar la sobrecarga del viento"

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El Juzgado de Instrucción número 3 de Sant Boi de Llobregat (Barcelona) ha imputado a una arquitecta municipal de esta localidad por el derrumbe del túnel de bateo de un polideportivo provocado por un temporal de viento en enero y que causó la muerte de cuatro niños.

La magistrada imputa a la arquitecta técnica Carmen R.A. cuatro delitos de homicidio por imprudencia grave y nueve de lesiones.

Esta arquitecta, que tendrá que declarar el 5 de noviembre, fue la que elaboró los planos y llevó a cabo la construcción del edificio. Era arquitecta municipal cuando se construyó el túnel y actualmente es jefa del área municipal de Territorio, informa Europa Press.

En su auto, el Juzgado de Instrucción número 3 de Sant Boi considera que existen indicios de que el derrumbe ocurrió por una "imprudencia grave profesional" dado que, según el informe pericial, la edificación incumplía la normativa y "no reunía las condiciones precisas y necesarias de solidez y seguridad".

El derrumbe del túnel de bateo, en el que murieron cuatro niños y otros nueve resultaron heridos, ocurrió el pasado 24 de enero durante el fuerte vendaval que azotó Cataluña, cuando una ráfaga arrancó el techo metálico de la edificación y provocó el hundimiento de las paredes.

La construcción del túnel, situado en el campo municipal de béisbol de Sant Boi, la aprobó en octubre de 1993 el ayuntamiento de la población, que encargó a la empresa Construcciones J. García Martos las obras, cuya responsable era la arquitecta imputada, Carmen R.

En "estado latente de riesgo"

Según mantiene la juez en su auto, del informe pericial judicial se desprende que el túnel no cumplía la normativa constructiva para la ejecución de los muros mediante bloques de hormigón ni reunía las condiciones de solidez y seguridad, por lo que constituía "un estado latente o de riesgo".

Para la juez, la estructura del túnel "era incapaz de soportar la sobrecarga del viento, porque el muro de carga no tenía las condiciones de rigidez necesarias y no estaba atado al pórtico de ninguna manera".

El auto añade que, aunque así constaba en el proyecto, el pórtico del túnel carecía de pilares metálicos embebidos en las fachadas que constituyeran un "sistema estructural capaz de soportar los efectos del viento independientemente de los muros de los bloques".

"Imprudencia grave profesional"

Por este motivo, la juez concluye que el hundimiento del túnel sucedió por "una imprudencia grave profesional" al no haber sido construido de acuerdo con la normativa requerida para ese tipo de edificaciones y cita a declarar como imputada a la arquitecta para el próximo 5 de noviembre.

En opinión de la juez, los homicidios imprudentes deben imputarse a la arquitecta técnica por ser la que elaboró los planos y llevó a cabo la construcción del edificio, con lo que es la responsable de que la ejecución del túnel de bateo se realizara de conformidad con la ley y según lo dispuesto en los proyectos.

En el auto, el Juzgado requiere a Carmen R. que, como posible responsable civil de los hechos, aporte el seguro vigente en el año 2009, y solicita la misma documentación al Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat y al Club de Béisbol.