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El Gobierno dará luz verde a la ley que prohíbe emitir pornografía en abierto

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El Consejo de Ministros aprobará este viernes el proyecto  de Ley General Audiovisual, que incluye la prohibición de emitir en  televisión pornografía en abierto, crea el Consejo Estatal de Medios  Audiovisual (CEMA) y establece las reglas del juego en que se tendrán  que mover el sector en un futuro, según informaron fuentes del Ministerio de la Presidencia.

El proyecto de ley, que transpone la Directiva Europea de  Servicios de Comunicación Audiovisual de 2007, llega al Consejo de  Ministros después de pasar por el Consejo de Estado y tras ser  modificado por el Ejecutivo para recoger algunas de las  modificaciones propuestas por la Comisión Nacional de la Competencia  (CNC) y la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC),entre  otros.

Entre una de sus principales novedades, el texto contempla que la  pornografía sólo podrá emitirse en acceso condicional y control  parental, por lo que queda excluido totalmente de la televisión en  abierto.

Mientras, el resto de  contenidos que sean perjudiciales  para los menores no podrán emitirse entre las 06.00 y las 22.00  horas. Fuera de esa franja horaria, estos deberán ir siempre  precedidos por un aviso acústico y visual.

Los programas de apuestas, sólo de madrugada

Además, los programas dedicados a juegos de azar y apuestas sólo  podrán verse en televisión entre la 01.00 y 05.00 horas, lo que  excluirá de la parrilla televisiva los concursos basados en líneas de  teléfono 905 que actualmente emiten en horario diurno varias cadenas. 

De hecho, según reconoció el presidente de RTVE, Luis Fernández, en  una comparecencia en el Senado, la cadena pública ingresa al año  cerca de 4,5 millones de euros por este tipo de concursos.

Otra novedad del proyecto, que recoge una reivindicación de  asociaciones de usuarios, es la de que todos las series, películas y  concursos deberán disponer de "una calificación por edades", y el  CEMA será el encargado de "la vigilancia, control y sanción de la  adecuada calificación de los programas por parte de los prestadores  del servicio de comunicación audiovisual", según figura en el  anteproyecto de ley al que ha tenido acceso Europa Press.

Los anunciantes no podrán vender sus productos dentro de series

Asimismo, con el mismo objetivo de proteger a los menores, el  proyecto regula la publicidad. En este sentido, introduce que la  comunicación comercial "no deberá producir perjuicio moral o físico a  los menores" y prohíbe la publicidad dirigida a menores cuando pueda  explotar "su admiración hacia terceros". Además, los anunciantes no  podrán vender sus productos dentro de series o programas infantiles,  lo que se conoce como "emplazamiento de producto".  

Apuesta por la lengua de signos

El proyecto también considera ilegal "toda publicidad que no  transmita una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de  mujeres y hombres", y garantiza la accesibilidad de las personas con  discapacidad a la televisión. Así, señala que las personas con  discapacidad auditiva tienen el derecho a que "la comunicación  audiovisual televisiva, en abierto y cobertura estatal o autonómica,  subtitule el 75% de los programas y cuente al menos con dos  horas a la semana de interpretación con lengua de signos".

Asimismo, en el anteproyecto se establece el régimen jurídico de  los servicios de comunicación audiovisual y, especialmente, de  aquellos sometidos a la necesidad de licencia o concesión y  autorización administrativa previa. Se regula así el régimen de  concesión, arrendamiento, cesión, renovación o extinción de las  licencias.

Concretamente, se amplía hasta 15 años el período de concesión  de licencia, actualmente en diez, se reconoce la posibilidad de  arrendar o ceder licencias en determinadas condiciones y se establece  la renovación automática si se cumplen determinados requisitos.

Entre los requisitos están que el operador se encuentre al corriente en el  pago de las tasas por la reserva del dominio público radioeléctrico y  que ningún otro operador haya solicitado, en los seis meses previos a  su vencimiento, una licencia similar.

A debate la exclusividad del fútbol

Otro punto polémico en los últimos años en el sector también es  tocado por el proyecto: la exclusividad en los derechos de eventos  como el fútbol. Así, el texto protege el derecho a la información de  todos los ciudadanos como "derecho prioritario" y fija límites a la  exclusividad en función de criterios de interés general que aseguran  la emisión en abierto de una serie de acontecimientos relacionados  fundamentalmente con eventos deportivos de gran audiencia.

Para ello, el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales debe fijar  mediante decisión motivada un catálogo con vigencia bienal donde se  recojan los acontecimientos de interés general para la sociedad que  han de emitirse por televisión en abierto y con cobertura estatal.  Al hacerlo, se determinará también si los acontecimientos deben ser  transmitidos total o parcialmente en directo, o en caso necesario,  por razones de interés público, total o parcialmente en diferido. 

El fomento del odio, multado con un millón

Por otro lado, la ley contempla una serie de sanciones que  impondrá la autoridad competente a los operadores que no cumplan las  reglas del mercado audiovisual. Así, las infracciones muy graves,  como la emisión de contenidos que de forma manifiesta fomenten el  odio, el desprecio o la discriminación por motivos de nacimiento,  raza, sexo, religión, estarán castigadas con multas de hasta 1 millón  de euros.

Mientras, las infracciones graves, como incumplir del límite  relativo al tiempo de emisión por hora de reloj dedicado a la  publicidad y a la televenta, estará castigado con multas de con  multas de 100.001 euros hasta 500.000 euros, y las infracciones  leves, como el deber de atender un requerimiento de información  dictado por la autoridad competente, se penará con multas de hasta  100.000 euros.

Por medio de esta norma, el Gobierno regula también las fórmulas  de Televisión Digital Terrestre de pago o de acceso condicional y la  desaparición de la publicidad en TVE, por lo que fija las tasas que  tendrán que pagar los distintos actores del sector audiovisual para  financiar el ente público. Por otro lado, la norma regula la Alta  Definición, la Interactividad y la Televisión en Movilidad.