Los parados sin prestación desde enero pueden pedir los 420 euros esta semana
- También los que viven con sus padres si no llegan al 75% del SMI por persona
- Las ayudas están limitadas a los trabajadores por cuenta ajena
- Las resoluciones sobre la prestación se harán "lo más rápido posible"
Los parados que agotaron su prestación por desempleo entre el 1 de enero y el 1 de agosto de este año podrán empezar a solicitar las ayudas de los 420 euros mensuales la próxima semana, después de que el Senado aprobara la reforma de la norma que regula estas ayudas.
La previsión es que el lunes o el martes la nueva norma se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con lo que al día siguiente de este trámite, el martes o el miércoles, ya se podrá pedir dicha ayuda.
El portavoz de Trabajo del PSOE en el Congreso, Jesús Membrado, ha negado que se haya producido ningún acuerdo parlamentario para incluir a los autónomos en estas ayudas,ya que "están limitadas a los trabajadores por cuenta ajena".
Membrado asegura que el único guiño que los socialistas han hecho en relación a los autónomos es recoger explícitamente el compromiso suscrito en mayo por el Gobierno para permitirles acceder a las prestaciones no contributivas que prestan las comunidades, como la renta activa de inserción.
Parados que viven con sus padres
Recuerda la posibilidad de que los desempleados que vivan con sus padres puedan optar a las ayudas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, incluida la del solicitante, dividida por el número de miembros, no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), "excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias".
La unidad familiar se define como la integrada por el solicitante y el cónyuge, junto a hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad, y menores acogidos. No obstante, si el solicitante no entra en este supuesto, se considerará a los padres como parte de la unidad familiar "siempre que conviva con ellos".
Asimismo, las resoluciones administrativas sobre la prestación y los pagos correspondientes se efectuarán en el menor plazo posible. Con este objeto, el Servicio Público de Empleo podrá establecer convenios con las comunidades autónomas para desarrollar las actuaciones necesarias derivadas de la ley.