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La UE amplía permisos de maternidad y derechos sociales de los cónyuges

  • La medida no afecta a España al existir disposiciones legales con derechos similares
  • Las trabajadoras autónomas podrán disfrutar de los permisos de maternidad

Así se fomentará la corresponsabilidad entre cónyuges para la crianza de los hijos

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Los ministros de Empleo de los Veintisiete han acordado la ampliación hasta cuatro meses de los permisos de maternidad y paternidad,  así como el reconocimiento de los derechos de seguridad social de los cónyuges de trabajadores autónomos que trabajen en el mismo negocio familiar.

Estas medidas han sido aprobadas en el Consejo de Empleo de la UE que se ha celebrado en Bruselas. De esta forma se pretenden mejorar la conciliación de la vida personal y familiar en los estados de la UE. Sin embargo, la iniciativa no afectará a España, al existir disposiciones legales que contemplan derechos similares o superiores.

Modificación y propuesta

La propuesta sobre los permisos de paternidad y maternidad se basa en un acuerdo marco pactado por los interlocutores sociales europeos y la Comisión Europea en junio, y trata de fomentar la corresponsabilidad entre progenitores para la crianza de los hijos.

De los cuatro meses de los que dispondrá cada progenitor,  tres serán transferibles, es decir, podrán ser pasados del padre a la madre o viceversa, mientras que el cuarto será de disfrute obligatorio para cada uno de ellos.

La modificación resulta especialmente beneficiosa para algunos de los nuevos estados miembros, pero en el caso de España existen prerrogativas superiores y la medida no supondrá ningún cambio.

El comisario de Empleo y Asuntos Sociales en funciones, Vladimir Spidla, ha dicho que pese a que en muchos países comunitarios ya están reconocidos estos derechos, la nueva directiva "constituye indudablemente un avance", ya que otros estados estaban "por debajo del mínimo" ahora establecido.

Derechos para autónomos

Los Veintisiete han acordado el refuerzo de los derechos de seguridad social para los cónyuges de los trabajadores por cuenta propia que trabajan en el mismo negocio familiar, y que en algunos países no sólo no están afiliados sino que no reciben ninguna protección social.

Un punto importante de esta propuesta es que prevé hacer extensivo el derecho también a las parejas de hecho.

En España, esas personas, salvo fraude, están ya afiliadas a la Seguridad Social, por lo que en la práctica no representa grandes cambios para nuestra legislación.

Además,  las trabajadoras autónomas podrán beneficiarse del mismo permiso de maternidad que las empleadas por cuenta ajena.