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Condenados a entre 8 y 14 años los islamista que querían atentar contra el Metro de Barcelona

  • Son once ciudadanos paquistaníes e indios
  • Se les condenan por integración en organización terrorista

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La Sección Primera de la Sala de lo Penal ha condenado a penas de entre ocho años y medio y catorce años y medio a los diez ciudadanos paquistaníes y un indio acusados de querer volar el Metro de Barcelona por un delito de integración en organización terrorista y a dos de ellos por tenencia de explosivos.

Los once procesados -Mahroof Ahmed Mirza, Mohammed Ayud Elahi Bibi, Ahmed Hafeez, Qadeer Malik, Sahib Iqbal, Mohammed Tarik, Roshan Jamal Khan, Mehmooh Khalid, Inram Cheema, Mohamed Shoaib y Aqeel Uhr Rehman Abassi-, que fueron detenidos en 2008 cuando supuestamente preparaban un atentado suicida contra el metro, se enfrentaban a penas que van desde los 17 a los 26 años de prisión.

El principal acusado, Mahroof Ahmed Mirza, ha sido condenado a diez años y seis meses de cárcel en calidad de "dirigente" del grupo, aunque la pena más alta ha recaído en Qadeer Malik, a quien el tribunal ha impuesto ocho años y medio de prisión por pertenencia y otros seis años por tenencia de explosivos.

El tribunal, sin embargo, no ha condenado a los acusados de conspiración para atentar, a pesar de la solicitud del fiscal en este sentido; y ha absuelto a todos menos a Malik del delito de tenencia de explosivos.

La sentencia considera probado que los once procesados tenían intención  de atentar contra el transporte público, aunque carecen de pruebas suficientes para condenarles por conspiración para la comisión de homicidio o estragos.

Buscaban una acción violenta para causar un elevado número de víctimas

Los magistrados Javier Gómez Bermúdez, Manuela Fernández y Javier Martínez Lázaro aseguran que los acusados integraban una célula radical que había tomado la decisión de "llevar a cabo una acción violenta, empleando material explosivo contra el metro de la ciudad de Barcelona, que pudiese provocar un elevado número de víctimas".

La sentencia considera probado que, entre finales de 2007 y principios de 2008, los acusados, residentes en Barcelona, "se fueron radicalizando en su ideología" y, tras ponerse en contacto con el líder talibán Baitullah Mehsud, decidieron llevar a cabo una acción violenta. Esto permitió -según la sentencia- que se enviasen a Barcelona a personas que podían actuar como terroristas suicidas, los condenados Shoaib, Cheema, Khalid y Aqeel Uhr Rehman Abassi.

Para ello acostumbraban a reunirse en la mezquita Tariq Bin Ziyad de Barcelona donde, dos días antes de las detenciones, el 16 de enero de 2008, se presentó el testigo protegido identificado en el sumario como F-1, que supuestamente pertenecía a la célula hasta que supo que debía inmolarse en el atentado y decidió delatar al grupo a la Policía.

Además de a Qadeer Malik, la Audiencia impone seis años por tenencia de explosivos a Shaib Iqbal, pues ambos "consiguieron un cierto número de bengalas de uso pirotécnico y empezaron a extraer la nitrocelulosa que contenían" y obtuvieron, además, minuteros que pudieran servir como temporizadores y balines de plomo para que actuaran como metralla.

La resolución concreta que el material se ocultaba en el domicilio que ambos compartían en la calle Santa Madroña, junto con pilas, cables, rollos de alambre y cinta adhesiva, "todo ello destinado a la preparación de explosivos".

Veracidad de las declaraciones del arrepentido

La sentencia cita las declaraciones del testigo protegido, que había sido escogido por la célula para actuar como suicida en el metro, "cuestión a la que no se resignaba". Por ello, avisó por teléfono de la acción a una persona en Francia vinculada a la Policía.

Los magistrados explican que F-1 ha explicado de forma concreta cómo fue contactando con todos los miembros del grupo y cuál era la acción proyectada, sin que en sus manifestaciones se aprecie ninguna contradicción esencial que haga dudar de su verosimilitud. "No tiene ningún motivo para mentir e implicar a personas con las que, antes de llegar a Barcelona, no tenía relación alguna".

Además, destacan que su testimonio coincide con las pruebas localizadas en la vivienda de la calle Santa Madroña y en un contenedor de basura cercano. Por ello, el tribunal llega a la conclusión de aceptar como probado que los hechos sucedieron como F-1 relata, ya que "otra hipótesis resulta insostenible porque hubiera  exigido no sólo que el testigo mintiese, sino que además actuase de acuerdo con los servicios secretos franceses y el CNI español".  

A pesar de ello, el tribunal reconoce que de los hechos probados no se desprende la existencia de un plan "lo suficientemente concreto y determinado" puesto que sólo alcanzaba una acción con explosivos en el metro, pero en el momento de la detención la célula sólo disponía de una pequeña cantidad de nitrocelulosa y otros elementos "insuficientes para llevar a cabo la confección de artefactos".

Añade que la célula no tenía concretado con precisión el día, ni el lugar de la acción y no había avanzado lo suficiente en la planificación para que se pueda condenar a sus integrantes por conspiración para cometer homicidio o estragos.