Enlaces accesibilidad

El Tribunal Supremo rebaja la condena de tres de los cinco mossos condenados por torturas

  • Detuvieron a un hombre por error en 2006 como autor de un atraco
  • Le llegaron a meter la pistola en la boca para que confesara
  • El Supremo rebaja la pena 22 meses porque no hubo ensañamiento

Por

El Tribunal Supremo ha rebajado la pena de tres de los cinco mossos d'Esquadra de la comisaría de Les Corts condenados por torturar y maltratar a un hombre detenido por error en 2006 y al que llegaron a meter una pistorla en la boca para hacerle confesar.

La sala de lo penal del TS ha bajado la condena de de los 6 años y 7 meses iniciales a 4 años de cárcel y 9 meses, estimando parcialmente los recursos de los condenados por la Audiencia Provincial de Barcelona en noviembre de 2008.

La Audiencia de Barcelona condenó a los agentes Jordi P., Joan S. y Manuel F. a 6 años y 7 meses de prisión, pero el Alto Tribunal rebaja un año y 10 meses dicha pena al estimar que no concurre la circunstancia agravante de ensañamiento en el delito de lesiones.

Además, confirma la condena a 2 años y 3 meses impuesta a Fernando C. y condena por un delito de coacciones a 6 meses de cárcel Alejandro A.

También confirma que se deduzca testimonio de la sentencia a la consejería de Interior de la Generalitat para que, en su caso, se depuren las responsabilidades disciplinarias en que hubiera podido incurrir Iván Antonio M.

Investigaban un atraco

Los hechos tuvieron lugar en julio de 2006, cuando la policía autonómica investigaba un caso de atraco cuya víctima identificó "con bastantes dudas" al torturado, Lucian P., en un reconocimiento fotográfico, por lo que el jefe del Grupo de Atracos, imputado en la causa pero absuelto, ordenó su detención.

Vestidos de paisano, cuatro de los agentes esperaron a Lucian P. en la puerta de su casa y, sin identificarse en ningún momento, se abalanzaron encima de él, le hicieron la zancadilla, lo arrojaron al suelo y le golpearon por todo el cuerpo, al tiempo que le pisaban la cabeza y le agarraban por el cuello para impedir que gritara.

Varios ciudadanos se acercaron a los mossos para recriminarles su brutal actuación, por lo que uno de ellos enseñó la pistola que llevaba, sacó la placa y pidió que les dejaran en paz porque estaban haciendo "su trabajo".

Una pistola en la boca

Los agentes introdujeron al detenido en un vehículo policial y, durante el traslado a la comisaría, uno de los procesados le metió en la boca la pistola que llevaba, amenazándole con tirarlo "por un barranco" si no reconocía los hechos que se le imputaban.

Los agentes siguieron golpeando al procesado en el aparcamiento de la comisaría de Les Corts, desoyendo su llanto y sus advertencias de que podía morir por ser hemofílico, hasta que otro mosso -no identificado- les dijo que pararan.

Al día siguiente, Lucien P. fue puesto en libertad y acompañado a casa por uno de los agentes, que se disculpó, pero la víctima debido a su detención perdió el trabajo y tuvo que recibir tratamiento médico.

El Tribunal Supremo argumenta que no hubo finalidad de aumentar el dolor de la víctima.

"Es difícil afirmar que la pluralidad de golpes fueron innecesarias para la ejecución de los hechos conforme exige la tipicidad de la agravación", añade la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta.