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Garzón alega que las escuchas no han perjudicado la defensa de los imputados de Gürtel

  • El juez recurre ante el Supremo la admisión a trámite de la querella
  • Alega que la situación de indefensión es "imaginaria" y "abstracta"
  • Defiende que las escuchas en prisión se hicieron de forma legal

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El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón considera que la situación de indefensión legal denunciada por el abogado de uno de los imputados en el "caso Gürtel" al ordenar el juez intervenir sus comunicaciones en prisión, es "imaginaria", "abstracta" y "meramente potencial".

Así consta en el recurso de súplica presentado por el abogado de Garzón, Gonzalo Martínez-Fresneda, ante el Tribunal Supremo contra la admisión a trámite de la querella interpuesta por el abogado Ignacio Peláez, que defiende al empresario imputado en el "caso Gürtel" Jose Luis Ulibarri.

El letrado, que se adhiere al recurso presentado por la Fiscalía el pasado día 1 en el que argumentaba que las escuchas aportaron datos "clave" en la investigación, sostiene que el querellante debería justificar una "efectiva situación de indefensión, que sea real y no imaginaria, efectiva y no abstracta, actual y no meramente potencial".

Acusa a Peláez de invocar a su derecho de defensa de forma "genérica y abstracta" ya que, a su juicio, no ha sido capaz de poner "un solo ejemplo" en la querella de que Garzón haya aprovechado un eventual conocimiento de cuestiones sobre la estrategia de defensa para la instrucción de la causa.

Asumiendo los argumentos del fiscal, el letrado sostiene que el ordenamiento jurídico español no declara la "inmunidad absoluta" de las conversaciones entre los presos y los abogados que les visiten, lo que le lleva a afirmar que existe una "clara habilitación normativa" para las escuchas ordenadas por el juez.

Actuación bajo parámetros de legalidad

Insiste en que el juez actuó bajo parámetros de legalidad y constitucionalidad y que sus decisiones "están lejos de cualquier irregularidad flagrante o indefendible que pudieran ofrecer viso alguno" de un delito de prevaricación o de escuchas ilegales.

La defensa de Garzón asegura que las escuchas contaron en todo momento con la autorización judicial necesaria y señala que las comunicaciones entre presos y abogados pueden ser intervenidas "en todos aquellos casos donde haya motivos para ello por estar comprometido el descubrimiento del delito".

Así, recuerda que las escuchas telefónicas previas a los arrestos de los imputados en el "caso Gürtel" pusieron de manifiesto que éstos estaban preparando reuniones y operaciones "enfiladas a la deslocalización de capitales para su blanqueo".

Estas actividades, añade el recurso, quedaron abortadas por las detenciones, pero pensando el juez, de manera razonable y previsible, que podían continuar impulsándose desde el centro penitenciario, ordenó las intervenciones telefónicas.

Además, entiende el letrado que el derecho de defensa no se ve afectado tampoco porque antes de concluir la fase de instrucción, el juez acuerda excluir de la causa "toda transcripción" de las conversaciones sobre estrategias de defensa, tal y como hizo en el auto dictado el 27 de marzo de 2009, cuatro días antes de que el Tribunal Superior de Justicia aceptase la competencia del caso.

Por todo ello, González-Fresneda pide al Tribunal Supremo que estime su recurso y, de forma subsidiaria, que reforme el auto en el que incoó diligencias previas hasta que se recaben los antecedentes "oportunos", ya que, a su juicio, el querellante "ha faltado a la verdad y manipulado groseramente los hechos para forzar una admisión a trámite sobre una realidad fáctica manipulada y falsa".