El Supremo danés rechaza una demanda contra el secretario general de la OTAN por la guerra de Irak
El Tribunal Supremo de Dinamarca ha rechazado este miércoles, por unanimidad, la demanda de 25 ciudadanos daneses contra el entonces primer ministro y actual secretario general de la OTAN, Anders Fogh Rasmussen, por aprobar la participación de su país en la guerra de Irak en 2003.
La sentencia confirma el veredicto de la Audiencia Nacional de abril de 2007 y sostiene que los demandantes no poseen el interés jurídico necesario en el caso para tener derecho a litigar.
"A ninguno de los apelantes le afectó de forma especial o distinta al resto de la población la decisión del Parlamento", ha señalado el Supremo en el fallo.
Este requisito tampoco lo cumplen los padres de un soldado muerto en acto de servicio en Irak, que forma parte del grupo, ya que el joven se alistó de forma voluntaria y participó en la guerra por una decisión posterior del Parlamento, que prolongó la estancia de las tropas en ese país asiático.
El Tribunal ha considerado que no hay fundamento para pedir una revisión del caso, porque se trata de una decisión en el área de política exterior, en la que la Constitución le concede al Gobierno la competencia inmediata para actuar en nombre del reino.
La decisión del Parlamento danés no implica obligaciones jurídicas para el ciudadano común y tampoco se puede considerar que haya influido a la población en general de forma significativa, en relación a la cuestión del derecho a litigar, según el fallo.
Las peticiones de los ciudadanos
El llamado Comité de la Constitución presentó en octubre de 2005 una demanda contra Anders Fogh Rasmussen en la que acusaba al Parlamento y al Gobierno de actuar de forma ilegal al aprobar la propuesta de intervención en Irak el 21 de marzo de 2003, por 61 votos a favor frente a 50 en contra y ante la ausencia de 68 diputados.
La demanda citaba el artículo 19 de la Carta Magna, que establece que sólo se puede autorizar o usar fuerza militar en defensa contra un ataque o por una resolución del Consejo de Seguridad de la ONU.
Ese apartado del artículo fue uno de los cambios introducidos en 1953 para adecuar la Constitución danesa a la Carta de las Naciones Unidas, modificaciones que fueron aprobadas en una consulta popular.
También se consideraba vulnerado el artículo 20, ya que los soldados daneses se sometieron a un mando extranjero, lo que implica un traspaso de soberanía que habría necesitado una mayoría parlamentaria de cinco sextos para ser aprobado.
El abogado del grupo, Christian Dahlager, ha aplazado hasta una lectura en profundidad de la sentencia la decisión de recurrir o no al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Dinamarca mantuvo un contingente de medio millar de soldados en Irak hasta el verano de 2007.