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El TSJM avala las intervenciónes telefónicas acordadas por Garzón contra varios imputados de Gürtel

  • Rechaza el recursos interpuesto por varios imputados, entre ellos, Correa
  • El TSJM considera que  "la  técnica moderna ofrece mecanismos eficaces"

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de  Madrid (TSJM) ha avalado las intervenciones de las comunicaciones acordadas por el juez Baltasar Garzón   contra  varios de los imputados en el marco de la investigación del 'caso  Gürtel', de la que se inhibió a favor del TSJM el 5 de marzo de 2009.

En un auto, la Sala de lo Civil y Penal desestima el recurso de  apelación interpuesto por el abogado del contable de la trama, José  Luis Izquierdo, contra los autos dictados por Garzón en los que  acordaba, adicionaba y prorrogaba la intervención de comunicaciones  de varias de los imputados en la causa.

En el recurso, el letrado de Izquierdo cuestionó la legitimidad de  los medios empleados por Garzón para averiguar los números de  teléfono de que se servían los imputados y que intervino.

A este recurso se adhirieron las defensas del empresario Francisco  Correa; el ex secretario de organización del PP gallego, Pablo  Crespo; el asesor de Correa, Antoine Sánchez, Alvaro Pérez Alonso,  alias El Bigotes'; y el ex alcalde de Boadilla del Monte Arturo  Gonzalez Panero, entre otros.

Los letrados ponían en duda que se hubiera respetado el principio  de excepcionalidad que debe observarse en todo caso antes de acudir a  esta medida. Además, denunciaron la falta de motivación adecuada en  los autos impugnados.

"Vía lícita"

En el auto, los magistrados del TSJM avalan la legitimidad en la que se obtuvieron los números, acogiéndose a los argumentados  esgrimidos por la Fiscalía. El Ministerio Fiscal defendió "la vía  lícita" en la que se obtuvieron los teléfonos, alegando que "la  técnica moderna ofrece mecanismos eficaces para lograr la numeración  que en la presente investigación se buscaba, sin que afecten o  vulneren los derechos de los titulares de las líneas en cuestión".

Asimismo, el TSJM se adhiere al argumento de la Fiscalía respecto  a que antes de solicitarse las intervenciones, "ya se habían  practicado numerosas diligencias de indagación que aportaron indicios  sólidos de los que pudo obtenerse una base firme para planear  actuaciones ulteriores".

Además, la Sala señala que "cada uno de los autos de prórroga se  encabeza con una referencia al oficio policial en que se da cuenta de  lo realizado y se sugería la línea a seguir, así como la indicación  de nuevos números telefónicos que estimaba preciso intervenir".

"Se ha seguido, pues, la sensata prevención de no acordar la  prórroga de la medida de intervención telefónica, sin antes conocer  los resultados obtenidos de la medida hasta entonces practicada, tal  y como repetidamente ha propugnado el Tribunal Constitucional",  recoge el auto.