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La Audiencia Nacional vuelve a condenar a 30 años al grapo Martín Ponce por asesinar a un policía

  • El fallo es idéntico al que ya emitió en 2007
  • Impone al acusado una indemnización 400.000 euros a los  familiares

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La Audiencia Nacional ha vuelto a condenar a 30 años de prisión al grapo Marcos Martin Ponce por el asesinato de un policía nacional en 2000, un fallo idéntico al que ya emitió en 2007 y que fue anulado por el Tribunal Supremo (TS), que obligó a repetir el juicio.

Como en la anterior, la segunda sentencia de la sección cuarta de la sala de lo penal de este tribunal también impone al acusado la obligación de indemnizar con 400.000 euros a los familiares de la víctima conjuntamente con el grapo Israel Torralba, que ya fue condenado por estos hechos.

El atentado de Carabanchel

La sala considera probado que el asesinato del agente, que ocurrió el 17 de noviembre de 2000 en el madrileño barrio de Carabanchel, se hizo "como represalia por la detención en París de la cúpula" de los GRAPO, "siéndoles indiferente la persona concreta que resultara afectada por tan fatales designios".

Con este objetivo, los dos "pasearon por Madrid" para localizar un agente y sobre las 13:00 horas de ese día, observaron como salía del colegio público Luz Casanova, en la calle Alondra, un policía nacional -Francisco Javier Sanz-, adscrito a los grupos de seguridad ciudadana.

"El condenado y el procesado decidieron en ese mismo instante que estaban ante la víctima adecuada, por su situación de absoluto desamparo", ya que estaba guardando unos papeles en el portaequipajes de su moto oficial, por lo que se acercaron a él y, por la espalda, Martín Ponce le efectuó un disparo en la cabeza, lo que le causó la muerte de forma inmediata.

El recurso de nulidad de la primera sentencia

Añade que "una mujer, que se hallaba muy próxima al lugar de ocurrencia de los hechos, los presenció perpleja, mirando fijamente al autor del disparo Marcos Martín Ponce, el cual al sentirse observado" la ordenó que bajara la cabeza.

La incomparecencia de esta mujer, que no pudo ser localizada, en el primer juicio, llevó al TS a anular la primera condena de la Audiencia Nacional.

No obstante, la familia del agente presentó entonces ante el Supremo un recurso de nulidad de la sentencia y el alto tribunal lo estimó, anuló la absolución que había fijado y ordenó repetir el juicio -que se celebró finalmente el pasado mes de abril- al considerar que se "obvió" el derecho a ejercer la acusación particular.

Comparecencia de otra testigo

Ahora, la Audiencia Nacional estima que esta testigo, que sí pudo comparecer en la segunda vista "consternada, temerosa, al borde de caer en el llanto", se ha erigido como el "alma mater" de la causa porque sus declaraciones, realizadas "con firmeza y rotundidad" y "sin albergar la más mínima duda", señalan "decididamente" a Martín Ponce como el autor del disparo que acabó con la vida del policía.

Su declaración, añade, también señala como copartícipe del asesinato a Torralba quien durante el juicio aseguró que "ya antes de formar parte de GRAPO conocía y era amigo y camarada de Marcos", pero se negó a "delatar a ningún compañero" cuando fue preguntado por la participación de éste en los hechos.

Para el tribunal, que el grapo no respondiera "simplemente no" supone una "extraña estrategia que no favorece en absoluto, sino todo lo contrario", al condenado.

De esta forma, la Audiencia Nacional justifica su decisión atendiendo "a la crueldad y frialdad de ánimo con la que actuó el procesado, a la alevosía elevada al grado sumo y cobardía inusitada de la que hizo gala" Martín Ponce