La mujer de Bárcenas insiste en que era su marido el que hacía las declaraciones de la renta
- Impugna ante el TSJM la petición fiscal de mantener su imputación
- Rechaza que la Fiscalía pretenda "alargar 'sine die'" una imputación "preventiva"
La mujer del ex tesorero y ex senador del PP Luis Bárcenas ha impugnado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) la petición de la Fiscalía para que se mantenga su imputación en el "caso Gürtel", insistiendo en que era su marido quien se ocupaba de las declaraciones de la renta.
En el escrito presentado ante el TSJM, la defensa de Rosalía Iglesias solicita al juez instructor, Antonio Pedreira, que inadmita el recurso del fiscal contra el auto en el que el pasado 6 de mayo el magistrado levantó la imputación a la esposa de Bárcenas.
El juez, que investiga un eventual delito fiscal por defraudación del IRPF en los años 2002, 2003 y 2007, en los que Bárcenas e Iglesias realizaron la declaración conjunta, no encontró indicios de responsabilidad en la actuación de la mujer del ex tesorero del PP, por lo que acordó el sobreseimiento provisional de la causa respecto a ella.
La Fiscalía recurrió esta decisión al entender que con los datos de los que dispone el juez no es posible adoptar una decisión respecto a Iglesias, y pidió que se mantuviera la imputación al menos hasta recibir las diligencias practicadas por el Tribunal Supremo (TS) en la causa que afectaba al ex senador del PP y al ex diputado de este partido Jesús Merino.
El abogado de Iglesias, Miguel Bajo, que también se ocupa de la defensa de Bárcenas, se muestra sorprendido por los argumentos de la Fiscalía Anticorrupción, que, a su juicio, solicita la revocación de la decisión del juez "sin hacer la más mínima referencia a ningún indicio de delito".
Imputación "preventiva" y "sine die"
Además, recuerda que se trata de un sobreseimiento provisional que no impediría que Iglesias pudiera volver a ser imputada si se desprende algún indicio de las diligencias practicadas por el Tribunal Supremo hasta que Bárcenas y Merino renunciaron a sus escaños, que Pedreira recibirá próximamente.
Por ello, considera que carece por completo de sentido y no resulta "en modo alguno de recibo" la pretensión del fiscal de alargar "inusitadamente su imputación sine die y de forma 'preventiva'" por si en algún momento surgen pruebas.
Insiste también en que, como aseguró Iglesias durante su comparecencia ante el juez, era Bárcenas quien tramitaba las liquidaciones tributarias investigadas y asumió "desde siempre" la administración de todos sus bienes y patrimonios, razón por la que, indica, "no cabe hablar, ni siquiera a efectos indiciarios" de delito fiscal.
Para apoyar esta tesis, resalta que el Supremo tampoco ha encontrado indicios contra Rosalía Iglesias pues, de lo contrario, no hubiera dudado en imputarla, y que los informes de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) y la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) no han concretado el "más mínimo dato" de delito contra la Hacienda Pública.
En cualquier caso, el abogado también alega que los "pretendidos" delitos fiscales investigados correspondientes a los ejercicios de 2002 y 2003 "se encontrarían prescritos", ya que han transcurrido los cinco años fijados en el Código Penal para la prescripción del delito fiscal y, según la doctrina constitucional, la mera interposición de una querella no interrumpe los plazos. Igualmente, sostiene que la cuantía presuntamente defraudada tampoco llega al límite de 120.000 euros exigido para el delito fiscal.
Por último, en relación con el ejercicio de 2007 recuerda que Bárcenas ya ha justificado "con absoluta transparencia" todos los ingresos y movimientos patrimoniales del matrimonio.