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El Senado da el visto bueno definitivo a la reforma del Código Penal

  • El Senado no ha introducido cambios en el proyecto remitido por el Congreso
  • El texto agrava el castigo para los delitos de corrupción, terrorismo y abusos  sexuales a menores

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El pleno del Senado ha aprobado este miércoles de forma definitiva la reforma del Código Penal, que agrava el castigo para los delitos de corrupción, terrorismo y abusos sexuales a menores e incluye la libertad vigilada de hasta diez años para terroristas y pederastas reincidentes una vez cumplida la condena.

El Senado ha rechazado todas las enmiendas de las fuerzas políticas y no ha introducido cambios en el proyecto remitido por el Congreso, que ha salido adelante con los votos a favor de los socialistas, CiU, ERC y CC, la abstención del PP, ICV y el BNG y el voto en contra del PNV.

El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, que ha defendido la reforma durante el debate en el pleno, ha destacado que el nuevo Código Penal es "necesario, adecuado y pensado por todos, con el trabajo de todos, para atender la realidad social de nuestro país".

Informe de la ponencia

El pasado abril, la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados aprobó el informe de la ponencia para la reforma  del Código Penal, cuyos aspectos más significativos son el  cumplimiento efectivo de las penas por delitos sexuales sobre menores,  la introducción de la pena de libertad vigilada y el internamiento en  prisión durante un fin de semana por la reiteración de faltas contra la  propiedad.

La propuesta salió adelante con 19 votos a favor, uno en  contra y 18 abstenciones. El texto que sale finalmente de la Comisión incorpora nueve  enmiendas transaccionales del PSOE a enmiendas de CiU y una  más a sendas enmiendas de CiU y el PP. Fueron rechazadas el resto de  enmiendas presentadas por los distintos grupos.

Respecto al cumplimiento efectivo de las penas, el  dictamen establece que los condenados a más de cinco años por delitos  contra la libertad e indemnidad sexual de menores de 13 años no podrán  acceder al tercer grado antes de cumplir la mitad de la condena, ni  siquiera con pronóstico positivo de reinserción. Se equiparan así a los  terroristas y miembros de organizaciones criminales.

Libertad vigilada

Por su parte, la libertad vigilada, que pasará a  englobar previsiones ya en uso como la prohibición de resdencia, las  órdenes de alojamiento o la obligación de someterse a algún tratamiento  médico, se aplicará a delincuentes potencialmente reincidentes por  patología psíquica, por personalidad o por la naturaleza del hecho  cometido. Durará hasta cinco años, diez para delitos terroristas o  sexuales, y podrá modificarse en cualquier momento si así lo decide el  juez según evolucione el reo.

El internamiento durante un fin de semana en el  centro penitenciario más cercano al domicilio del delincuente reiterado  de hurtos se introdujo en el proyecto de ley aprobado por el Gobierno en  noviembre pasado gracias a una de las diez enmiendas transaccionales  pactadas por el PSOE y CiU, tras negarse los socialistas a aplicar una  pena de varios meses de prisión. Los condenados se ubicarían en las  celdas de los presos que pasen los fines de semana en su domicilio.

En otro orden de cosas, se regulan los delitos cometidos por  personas jurídicas, como corrupción en el sector privado, en  las transacciones comerciales

 internacionales, pornografía y prostitución infantil, trata de seres  humanos, blanqueo de capitales, inmigración ilegal o ataques a sistemas  informáticos. En ningún caso se aplicarán a las Administraciones  Públicas, los organismos reguladores, las agencias y entidades públicas,  los partidos ni los sindicatos.

Además, se ilegalizan las "organizaciones criminales", entendidas  como aquéllas que persiguen medios o utilizan medios tipificados como  delitos, distinguiéndolas expresamente de las meras asociaciones  ilícitas y sustituyendo a las antiguas "bandas armadas", que desaparecen  del Código Penal.

Otros delitos que se introducen son el de corrupción privada, acoso  laboral, acoso inmobiliario, estafa de inversores,  tráfico de órganos y el de captación de menores para espectáculos  sexuales o a través de internet, esto último tras enmienda del PP.  Igualmente, se separan los de inmigración clandestina y trata de seres  humanos, que hasta ahora se identificaban como uno solo, y se rebaja la  pena de los vendedores a pequeña escala de copias pirata de obras  amparadas por derechos de autor, los conocidos "manteros".

A estos se les impondrán multas o trabajos comunitarios. Por último,  se elevará el plazo mínimo de prescripción de los delitos a cinco años,  que hasta ahora era de tres para los castigados con una pena de esta  última duración.