El CSN aprueba que la central nuclear Vandellós II funcione 10 años más
- El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear lo ha aprobado por unanimidad
- La central ha sido sometida a 307 inspecciones
El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha aprobado este martes, por unanimidad, un informe favorable a la solicitud de renovación de la autorización de explotación de la central nuclear Vandellós II en Tarragona por un periodo adicional de diez años según ha informado el organismo regulador.
Según un documento que se ha remitido al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la decisión se basa en la comprobación del correcto funcionamiento de la central y del mantenimiento del nivel adecuado de seguridad para continuar su operación, así como en la constatación de la capacidad de la instalación para dar respuesta a requisitos normativos de mayor exigencia a los requeridos por la reglamentación vigente.
Evaluaciones para dar luz verde al trabajo en Vandellós
La apreciación favorable se basa en los resultados de la evaluación, que están contenidos en un conjunto de 44 informes técnicos especializados, así como los requisitos exigibles por el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas.
Asimismo, contempla la información procedente de las 307 inspecciones realizadas a la central durante la vigencia de la actual autorización por parte del CSN, así como los resultados de la supervisión continua del funcionamiento de la central mediante el "Sistema Integrado de Supervisión de Centrales" (SISC).
No obstante, el dictamen emitido establece condiciones aplicables y once límites, siendo las "más importantes" las modificaciones que se requieren al titular de Vandellós II.
Concretamente, la condición número 10, por la que en la parada de recarga programada para 2012, se deberá implantar una modificación de diseño en el sistema de protección contra incendios, que refuerce la protección de componentes y equipos frente a inundaciones internas en el edificio de control.
Además, se establece la condición número 11, que se refiere al plan de acción del titular para la recuperación de los márgenes operativos iniciales del sistema de agua de refrigeración de salvaguardias (EJ).
Este plan deberá estar implantado, en su totalidad, antes del final de la parada de recarga de la central del año 2011. Tras su implantación, el titular tendrá un plazo de tres meses para presentar al CSN un informe de valoración del mismo.
En cuanto a los once límites y las condiciones aplicables que establece el informe emitido por el CSN, en general hacen referencia a aspectos generales de todas las autorizaciones, como son las empresas titulares, sus facultades y el marco técnico-administrativo de operación de la central.
Por otro lado, también se centran en las obligaciones de información al CSN; los requisitos para una futura renovación de la autorización o en el caso de decisión de cese de explotación voluntario por parte del titular; los programas de mejora y actuaciones a realizar durante la vigencia de la autorización así como las modificaciones más importantes y sus plazos de implantación.