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La Fiscalía y el abogado del Estado respaldan la expulsión de una letrada con velo de la Audiencia

  • Piden al Supremo que rechace el recurso de la letrada Zoubida Barik Edidi
  • Acudió a un jucio en el que no era abogada con el velo islámico o 'hiyab'
  • El juez Gómez Bermúdez de la Audiencia Nacional la expulsó de la sala

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La Fiscalía y la Abogacía del Estado respaldan la decisión del juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez de expulsar de un juicio a una abogada que llevaba la cabeza cubierta con el pañuelo islámico o 'hiyab' el pasado 29 de octubre en un juicio contra integrantes de una organización terrorista islamista.

En sus alegaciones ante el Supremo, tanto la Fiscalía como la Abogacía se manifiestan en contra de la admisión de la demanda contra el juez de la letrada española de origen marroquí Zoubida Barik Edidi, que no era la abogada de ninguno de los acusados y que se sentó en el estrado para apoyar a sus compañeros.

Creen que Gómez Bermúdez actuó conforme a derecho y de acuerdo a la potestad de "policía de estrados", que permite al presidente de un tribunal prohibir el uso de determinadas prendas a los letrados que asistan a una vista cuando no se ajusten a los fines previstos en la legislación, según recoge el escrito de la Fiscalía.

Coincide en ello la Abogacía del Estado, que añade que a la letrada le "falta legitimación" para impugnar la resolución del CGPJ, que califica de "impecable jurídicamente" y que "no ha incurrido en vulneración de derecho fundamental alguno".

La abogada pidió que expedientarán al juez

La abogada presentó el pasado noviembre una queja ante el CGPJ para que abriera expediente a Gómez Bermúdez por una presunta falta de abuso de autoridad, que finalmente fue archivada en febrero al estimar el órgano de gobierno de los jueces que el juez actuó en el ejercicio de su competencia como presidente del tribunal, por lo que no había responsabilidad disciplinaria.

Zoubida Barik, de origen marroquí y nacionalidad española, asistía el pasado 29 de octubre a un juicio en la Audiencia Nacional vestida con su toga y con el pañuelo en la cabeza, motivo por el que fue expulsada por Gómez Bermúdez, algo, que, según la abogada, nunca había "sufrido".

Según su relato, nada más entrar en la sala, Gómez Bermúdez se dirigió a ella y le dijo: "señora, no puede estar aquí".

El asunto es tramitado por el Tribunal Supremo -donde se dirigió el abogado de la letrada, José Luis Mazón- "conforme al procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona", que solicitó al Consejo el expediente administrativo del caso para que se lo remita junto con las alegaciones de Gómez Bermúdez.

Vulneración de la libertad religiosa

Para la defensa de Zoubida Barik, el presidente de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional vulneró derechos fundamentales a la libertad religiosa, al respeto de la vida privada y a la no discriminación.

Así, en su escrito de alegaciones y en contestación a la Fiscalía y la Abogacía del Estado, señala que es "evidente que hubo un tratamiento desigual con respecto a los restantes abogados presentes en el estrado y por un factor anodino o irrelevante como es el uso del pañuelo propio de una cultura y de una religión que ningún daño ni estropicio causaba y que no está prohibido más que por un puro afán arbitrario del Presidente de Sala".

La asociación Preeminencia del Derecho, de la que forman parte los letrados de Zoubida Barik, asegura que la postura de los anteriores constituye "un insulto a las reglas de convivencia entre culturas y un acto de feroz intolerancia alimentada desde el corazón del propio Estado que se alinea con la irracionalidad mostrada por el juez Gómez Bermúdez".