El Gobierno dice que la Constitución no impide abortar a partir de los 16 años
- El abogado del Estado presenta 81 páginas de alegaciones
- Se basan en la Constitución y las normas internacionales
- El texto defiende la reforma del aborto realizada por el Gobierno
La abogacía del Estado argumenta que "ningún precepto constitucional" imposibilita que una menor de 16 y 17 años aborte. El Gobierno contesta así a los recursos del PP y el Gobierno de Navarra contra la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Las 81 páginas de alegaciones presentadas ante el Tribunal Constitucional se basan en jurisprudencia del Tribunal Supremo y organismos internacionales. De esta manera, se justifica que el legislador prepondere la opinión de la menor en una decisión tan trascendente como la maternidad.
En este escrito, el ejecutivo alega que la reforma del aborto es "coherente" con la normativa europea y "amplía" la que existía desde los años ochenta.
Sin permiso de sus padres
La abogacía del Estado entra también en la polémica sobre si las menores pueden abortar sin permiso de sus padres. En respuesta al PP, el Gobierno rechaza
la "preponderancia inexorable de la voluntad de los padres sobre la opinión de sus hijas que han alcanzado un alto grado de desarrollo y están próximas a la mayoría de edad".
El Ejecutivo asegura que el PP no cita "un solo precepto de un convenio o tratado internacional, ni siquiera de la legislación ordinaria, del que se deduzca que la mejor protección del menor exige, en el caso de las menores con 16 ó 17 años, que su consentimiento deban prestarlo sus representantes legales".
En relación al artículo 14 que regula la interrupción del embarazo en las 14 primeras semanas de gestación, también recurrido, el Ejecutivo concluye que la Ley mantiene y desarrolla la protección penal de la vida en formación, incluso durante ese período, y que la jurisprudencia constitucional "no exige una garantía penal de carácter absoluto general para el nasciturus".
Una ley a la altura del conjunto europeo
Asimismo, en las consideraciones preliminares, el servicio jurídico del Gobierno añade que la ley del aborto se enmarca "en el contexto de un conjunto de medidas legislativas llevadas a cabo en los últimos años en otros estados europeos".
En este sentido, señala que "la práctica totalidad de los Estados del entorno adoptan un sistema que permite la interrupción del embarazo no sólo cuando concurren determinadas indicaciones sino, también, en una primera fase de la gestación asumiendo los poderes públicos deberes de prevención, asesoramiento y asistencia a la mujer".
En concreto, cita los casos de Alemania, Bélgica, Luxemburgo, Finlandia, Francia, Reino Unido, Países Bajos, Portugal, Dinamarca, Noruega o Suecia.