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Pedraz pide explicaciones a Interpol por no a buscar a los procesados por la muerte de Couso

  • Interpol se ha negado a buscarlos porque considera el caso "de carácter militar"
  • El juez pregunta qué organo concreto ha tomado esta decisión

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El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha pedido explicaciones a la oficina de Interpol en España para preguntarle los motivos por los que se ha negado a poner en situación de busca y captura a los tres militares estadounidenses procesados por la muerte del cámara de Telecinco José Couso, ocurrida en el hotel Palestina de  Bagdad el 8 de abril de 2003.

En un escrito dirigido al comisario jefe de Interpol España, el magistrado pregunta "qué órgano concreto y/o responsable" ha adoptado esta decisión y por qué este caso se ha considerado "cuestión o asunto de carácter militar" cuando en las otras dos ocasiones en que  los militares fueron procesados había "aceptado las solicitudes".

"Asunto militar"

Interpol se ha negado a ejecutar las órdenes de busca y captura del teniente coronel Philip de Camp, el capitán Philip Wolford y el sargento Thomas Gibson apelando al artículo 3 de su Estatuto. Este punto establece que "está rigurosamente prohibida a la organización toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos de carácter  político, militar, religioso o racial".  

Tras advertir de que esta decisión se ha tomado "sin que los hechos imputados hayan variado", el juez Pedraz recuerda que el organismo policial no ha precisado la razón de su negativa.

Al mismo tiempo, pregunta "si algún estado miembro ha participado a Interpol que los hechos contenidos en la solicitud constituyen un delito militar o de otra índole para con ello aplicar el artículo 3".

De igual modo, Pedraz quiere conocer la razón de que Interpol considere que la investigación sobre la muerte de Couso no constituye "una  infracción de derecho común", máxime cuando el delito imputado (contra las personas en caso de conflicto armado) recoge y  desarrolla, a su juicio, lo dispuesto en el IV Convenio de Ginebra de  12 de agosto de 1949 y el Protocolo Adicional I de 1997.

Visita al lugar de los hechos

Pedraz volvió a procesar a los tres militares estadounidenese el  pasado 29 de julio después de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo ordenara reabrir por segunda vez este procedimiento, que fue archivado por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en marzo de 2006 y julio de 2009.  

En su auto, pedía que se autorizara el desplazamiento de una comisión judicial de la  Audiencia Nacional al lugar de los hechos, para efectuar un  reconocimiento del lugar y, en la medida de lo posible, una reconstrucción de lo sucedido. Una autorización que la Comisión Permanente del CGPJ autorizó el pasado 14 de septiembre.

En concreto, el juez estableció que la comisión judicial estaría  integrada por el instructor, el secretario judicial y un funcionario  del juzgado, el Ministerio Fiscal y las partes si lo estiman oportuno  y, "sólo en caso de que a ello se presten voluntariamente", los  periodistas testigos de los hechos Olga Rodríguez Francisco, Jon Sistiaga Escudero y Jesús Manuel Hernández Quiñonero, que podrían indicar a la comisión los lugares exactos de los hechos.

Sin embargo, el Departamento de Estado de EEUU insiste en que los tres militares estadounidenses ya fueron juzgados y que el Pentágono ya les absolvió de todo delito.

"Fueron  sujetos a una investigación del Pentágono y se les absolvió de  cualquier delito", declaró el portavoz del Departamento de Estado,  Phillip Crowley, el pasado mes de julio.