Los particulares seguirán pagando el canon digital
- La sentencia de la UE señala que no es conforme con el Derecho de la Unión
- La resolución solo afecta a empresas y profesionales
Ver además : Sentencia íntegra (pdf) / Encuentro digital sobre el canon
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La sentencia que hoy ha hecho pública el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que el canon que se aplica en España es ilegal, pero solo en parte.
Es ilegal cómo se está aplicando a la administración pública, a las empresas y los profesionales, ya que "no es conforme con el Derecho de la Unión" según la sentencia.
El canon digital se aplica al precio de todos aquellos equipos electrónicos que sean capaces de almacenar copias de cualquier tipo de contenido, como vídeos, archivos de música o imágenes con el fin de "compensar" a los autores.
En origen lo pagan los fabricantes, pero como estos suben el precio de sus productos, finalmente la tasa recae sobre los consumidores.
El fallo, aunque exime a empresas y profesionales, legitima su cobro a los partículares, ya que considera que una vez que los equipos digitales están en manos de personas físicas "no es necesario verificar en modo alguno que éstas hayan realizado efectivamente copias privadas ni que, por lo tanto, hayan causado efectivamente un perjuicio a los autores de obras protegidas".
“No es necesario verificar que se hayan hecho copias privadas“
"Se presume legítimamente que dichas personas físicas se benefician íntegramente de tal puesta a disposición, es decir, se supone que explotan plenamente las funciones de que están dotados los equipos, incluida la de reproducción. Así pues, la mera capacidad de dichos equipos o aparatos para realizar copias basta para justificar la aplicación del canon por copia privada, siempre y cuando dichos equipos o aparatos se hayan puesto a disposición de personas físicas en condición de usuarios privados", resalta el dictamen.
David Bravo, abogado especializado en nuevas tecnologías, aclara que !esta sentencia no ayudaría a las personas que reclamen que no usan los dispositivos digitales para realizar copias privadas", como presupone la Ley.
El abogado recuerda sin embargo que en España se han dictado sentencias de particulares que han solicitado la devolución del canon, tanto con "victorias en algunos casos y derrotas en otros", por lo que la sentencia de la UE no solo no ayuda, si no que puede "que perjudique" en este sentido.
La portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Ileana Izverniceanu, ha señalado en declaraciones a Efe que la sentencia "abre un camino a lo que entendíamos que era una injusticia" aunque lamenta que da por hecho que los consumidores que adquieran equipos de reproducción los van a utilizar "de manera delictiva".
"Si la sentencia dice que el canon no es conforme al Derecho comunitario para aquellos equipos que sean adquiridos por profesionales, es mucho menos conforme a Derecho en el caso de los consumidores", ha señalado.