La UE declara ilegal el canon digital aplicado en España a empresas y profesionales
- El canon se aplica como compensación a los creadores
- La sentencia señala que no es conforme con el Derecho de la Unión
- La resolución solo afecta a empresas y profesionales
- Sinde: "Se estudiará la sentencia y se buscará una solución alternativa"
Ver además : Sentencia íntegra (pdf) / Encuentro digital sobre el canon
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¿Qué es el canon digital?
El canon digital es una sobretasa, no un impuesto, que se aplica al precio de todos aquellos equipos electrónicos que sean capaces de almacenar copias de cualquier tipo de contenido, como vídeos, archivos de música o imágenes. Con ese dinero se trata de compensar a los autores y editores de obras intelectuales, que, según la Ley de Propiedad Intelectual, tienen "derecho irrenunciable" a cobrar una cantidad por cada reproducción que se haga de su obra. Formalmente, lo pagan los fabricantes, pero como estos suben el precio de sus productos, finalmente la tasa recae sobre los consumidores.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que el canon digital que se aplica en España a todos los equipos de reproducción digital como compensación a los creadores por la copia privada no está en línea con la legislación comunitaria.
"La aplicación del 'canon por copia privada' a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión", ha señalado la Corte con sede en Luxemburgo en su sentencia de este jueves (ver sentencia íntegra en PDF. )
David Bravo, abogado especialista en nuevas tecnologías, aclara a RTVE.es que lo que ha declarado ilegal el Tribunal Europeo no es en general el "canon digital", sino la "aplicación de éste de forma indiscriminada a empresas y administraciones".
En cambio, una vez que los equipos en cuestión se han puesto a disposición de personas físicas para fines privados, la sentencia considera que "no es necesario verificar en modo alguno que éstas hayan realizado efectivamente copias privadas ni que, por lo tanto, hayan causado efectivamente un perjuicio a los autores de obras protegidas".
“El usuario particular tendrá que seguir pagando el canon“
Es decir, el usuario particular tendrá que seguir pagando el canon que se aplica a los CD's DVD,s o aparatos de reproducción de música que utiliza diariamente.
"Se presume legítimamente que dichas personas físicas se benefician íntegramente de tal puesta a disposición, es decir, se supone que explotan plenamente las funciones de que están dotados los equipos, incluida la de reproducción. Así pues, la mera capacidad de dichos equipos o aparatos para realizar copias basta para justificar la aplicación del canon por copia privada, siempre y cuando dichos equipos o aparatos se hayan puesto a disposición de personas físicas en condición de usuarios privados", resalta el dictamen.
El abogado explica que la aplicación de esta sentencia no es inmediata, ya que deja en manos de la Audiencia Provincial de Barcelona y a los distintos tribunales españoles determinar "como aplica esta sentencia".
La Corte ha examinado el pleito que enfrenta a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y la compañía de soportes audiovisuales Padawan, S.L., que se niega a pagar el canon compensatorio por copia privada al considerar que no siempre se utilizan para grabar obras protegidas por derechos de autor, sino también para el registro de datos privados o empresariales.
La SGAE reclamaba a Padawan -que vende CD, DVD o MP3- el pago de una compensación por copia privada por importe de 16.759,25 euros, correspondiente a los dispositivos vendidos entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004. Ana María Méndez, la dueña de la empresa, ha celebrado la sentencia de la UE.
¿Tiene carácter retroactivo?
David Bravo afirma que podría tener caracter retroactivo al no tratarse de una "ley nueva" y ahora "lo que puede suceder es que las administraciones públicas y las empresas soliciten lo indebidamente cobrado por el canon".
El especialista en propiedad intelectual considera que la sentencia avala el derecho a solicitar la devolución del canon digital repercutido hasta la fecha mediante un procedimiento judicial.
Javier de la Cueva, también abogado especializado en nuevas tecnologías, afirma que ya que "la legislación española acaba de ser borrada por el Tribunal Europeo, el sentido común nos dicta que las cantidades que hubieran cobrado las entidades de gestión se tendrían que devolver porque se han llevado a cabo por un procedimiento injusto".
“Quienes más canon han pagado han sido todas las administraciones públicas“
De la Cueva añade que se teme que "habrá que solicitar a Europa que se produzca esta devolución" ya que en los que más ha repercutido es es todos los ciudadanos "porque quienes más canon han pagado han sido todas las administraciones públicas".
Bravo aclara que esta sentencia no ayudaría a las personas que reclamen que no usan los dispositivos digitales para realizar copias privadas como presupone la ley.
De hecho la sentencia afirma que los países pueden establecer un "canon digital" que grave a las personas que disponen de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital.
¿Cómo se cambiará la Ley?
El especialista en derecho de internet Javier de la Cueva afirma que "la ley que regula el canon español es contraria a la normativa europea, no se corresponde a una normativa con la que tiene que corresponder por lo que esa norma hay que cambiarla y no se puede aplicar".
Ahora "el Gobierno español tiene que llevar a las Cortes la ley de la propiedad intelectual y en esa modificación lo que tiene que hacer es diferenciar, eximir a las administraciones públicas y establecer un sistema para que cuando una empresa compre dispositivos o aparatos digitales no sea gravado con el canon", declara el experto.
La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, en una entrevista en 'Los Desayunos de TVE' ha anunciado que buscará "una alternativa" junto a "los otros países europeos que se van a ver afectados" por el fallo judicial.
"Cuando conozcamos la sentencia en su totalidad se estudiará y nos sentaremos a hablar con todos los sectores involucrados", ha señalado González-Sinde al conocer el fallo.
Las reacciones a la sentencia no han tardado a producirse desde todos los frentes, tanto políticos como ciudadanos. En declaraciones a Radio Nacional, el presidente de la Asociación de Usuarios de Internet, Miguel Pérez Subías, ha afirmado que es "una muy buena noticia" porque viene "a dar sentido a una propuesta que se venía escenificando en España desde hace años". Subías ha calificado esta tasa de "injusta, que solo beneficia a las entidades de gestión y no a los artistas".
Por su parte, las agrupaciones de entidades de titulares de derechos de propiedad intelectual han emitido un comunicado en el que interpretan que la sentencia "respalda la legalidad del canon digital" tanto en España como en el resto de países de la UE.