¿Qué implica el "estado de alarma"?
- Es uno de los tres estados recogidos en el artículo 116 de la Constitución
- El Gobierno lo ha enunciado por decreto y tiene una duración máxima de 15 días
- Militariza a todos los controladores
- Si no vuelven al trabajo incurrirán en un delito penado por el código militar
- Únicamente puede ser prorrogado por autorización del Congreso
- Lee el texto íntegro del decreto de estado de alarma
El Consejo de Ministros que se ha celebrado esta mañana como respuesta a la huelga de controladores ha decidido finalmente decretar el estado de alarma (texto íntegro del decreto de estado de alarma en PDF) al no normalizarse la situación en los aeropuertos españoles.
Éste es uno de los tres estados recogidos en el artículo 116 de la Constitución española y que se desarrolla con más amplitud en la Ley 4/1981 que regula el estado de alarma, excepción y sitio.
En él se establece que el estado de alarma se declara en todo o parte del territorio nacional por el Gobierno mediante Decreto acordado en Consejo de Ministros cuando acontezca, entre otras cosas, la paralización de los servicios esenciales como consecuencia de huelgas o conflictos colectivos.
El Gobierno ha declarado el estado de alarma al considerar que no se está garantizando el funcionamiento de uno de los servicios esenciales a los que tienen derecho los ciudadanos, en este caso el del servicio de transporte aéreo.
La declaración del estado de alerta afecta, en todo el territorio nacional, a la totalidad de las torres de control de los aeropuertos de la red y a los centros de control gestionados por la entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).
Los controladores, bajo la jurisdicción militar
El decreto moviliza a los controladores y pasa a considerarlos como personal militar. Todos ellos tienen obligación de reincorporarse de forma inmediata a su puesto de trabajo. En caso de negarse, incurrirían en un delito de desobendiencia tipificado en el Código Penal militar que podría conllevar una pena de prisión.
El Decreto gubernamental tiene una duración inicialmente prevista de quince días. Este plazo podrá ser prorrogado pero con la autorización previa del Congreso.
No afecta a los derechos fundamentales
El estado de alarma no debe suponer efecto alguno sobre la vigencia de los derechos fundamentales. Lo que contempla es la puesta de todas las autoridades civiles de la Administración Pública del territorio afectado, incluidos los cuerpos policiales, bajo las órdenes directas del Gobierno o de la autoridad en la que éste delegue.
El articulado, en cualquier caso, sí prevé que en algunos casos algunas libertades sí queden afectadas al imponerse las órdenes necesarias para, como en el caso que nos ocupa, asegurar el funcionamiento de los servicios afectados por una huelga o una medida de conflicto colectivo.