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Un presunto matratador visitará a su hija en la casa de acogida donde se refugió su víctima

  • El juzgado había dictado orden de alejamiento del presunto agresor
  • La Junta de Andalucía ha recurrido la decisión ante el CGPJ

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El juzgado de Instrucción número 2 de Utrera (Sevilla) ha dictado una orden de alejamiento contra un hombre acusado de malos tratos a su pareja pero ha fijado que sea en la casa de acogida en la que se refugió la presunta víctima el lugar donde visitará periódicamente a su hija.

El juzgado explica que existen "indicios racionales de criminalidad" sobre el acusado, que reconoció haber agredido a su mujer, y entiende que la víctima se encuentra en una situación de riesgo. Por eso dicta una orden de alejamiento del presunto agresor, que tiene prohibido acercarse a menos de 300 metros.

A pesar de todo ello, el juzgado, en su régimen de visitas a la hija de la pareja de corta edad, fija como lugar de encuentro la misma casa de acogida donde se refugia con su madre y especifica que la entrega de la niña se realizará por un responsable del centro de acogida para evitar el contacto directo entre la pareja.

Además, el juez ha prohibido al presunto agresor comunicarse con su víctima por cualquier medio, y le ha advertido de que el incumplimiento de esta medida podría acarrearle la cárcel.

Recurso de la Junta de Andalucía

La Consejería de Igualdad de la Junta de Andalucía ha recurrido la orden  ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), interponiendo una queja, ya  que considera que la decisión del juzgado no sólo pone en peligro la  integridad física de la mujer, sino de todas aquellas internas que se  encuentran en el casa.

La consejera andaluza de Igualdad, Micaela Navarro,  ha asegurado que no le consta que se haya producido hasta ahora encuentro alguno entre la niña y su padre en la casa de acogida donde vive con su madre.

Navarro ha añadido que el auto del juzgado se produjo hace meses y que la Junta, en cuanto tuvo conocimiento, presentó una queja y solicitó amparo al CGPJ y a la Fiscalía de Sevilla, aunque todavía no ha recibido respuesta.

Cambio de casa de acogida

La consejera ha explicado que la mujer ya no se encuentra en esa casa de acogida "porque en cuanto denunció el auto del juzgado, pusimos en marcha los mecanismos necesarios para mantener su integridad, ya que las casas de acogida tienen un sistema de confidencialidad para proteger a las mujeres y a sus hijos, por ello el auto del juzgado es muy contradictorio y absolutamente ilógico".

"Si la mujer está en una casa de acogida es que hay un delito violento de por medio", ha recordado Navarro.

Navarro ha añadido que este tipo de sentencias "nos escandalizan tanto porque se han convertido en excepcionales y creo que es el momento de realzar la labor de los jueces de Andalucía y casos como éste deben servir para poner en evidencia la buena actuación de los juzgados en la inmensa mayoría de los casos de violencia machista".