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Irlanda reformará la ley del aborto tras la condena de Estrasburgo por prohibir abortar a una mujer

  • Dublín ha reconocido que analizará "cuidadosamente" la sentencia
  • Irlanda no dejó abortar a una mujer cuya vida corría peligro

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El Gobierno de Irlanda ha reconocido que deberá estudiar una reforma de la ley del aborto, tras analizar "cuidadosamente" la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que ha condenado a este país a indemnizar a una mujer cuya vida corría peligro y a la que no se permitió interrumpir su embarazo.

Así lo ha afirmado la ministra irlandesa de Sanidad, Mary Harney, quien ha precisado que, "sin embargo, llevará algún tiempo (formular propuestas) porque este es un asunto altamente sensible y un área compleja".

A pesar de la sentencia en contra de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, la ministra ha destacado que ésta no halló contradicciones entre la Constitución irlandesa y el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Harney ha señalado que siente una "enorme simpatía personal" hacia las tres mujeres, residentes en Irlanda, que llevaron sus casos hasta el citado tribunal porque, por diferentes motivos, tuvieron que viajar al Reino Unido para interrumpir su embarazo.

15.000 euros de indemnización

La demandantes, dos irlandesas y una lituana, invocaron los artículos 2 (derecho a la vida) y 3 (prohibición de tratos inhumanos y degradantes) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, así como el artículo 14, referido a la prohibición de la discriminación.

La Asociación Irlandesa de Planificación Familiar, que representa a las tres mujeres ante la justicia, ha asegurado este jueves que la sentencia "no deja al Estado otra opción que legislar sobre el aborto".

Su director ejecutivo, Niall Behan, ha calificado la decisión judicial de "enorme y significativa" y ha afirmado que tendrá "consecuencias" para todas las mujeres de Irlanda.

Según la sentencia de este jueves, Irlanda deberá indemnizar con 15.000 euros a una de las demandantes, pues subraya que a esa mujer no se le explicó si se daban las condiciones para abortar en su país y, por ello, las autoridades hicieron caso omiso de su obligación de garantizarle el respeto a "su vida privada".

Los tres supuestos para abortar

De los otros dos casos, uno era el de una ex alcohólica con cuatro hijos entregados al cuidado ajeno que se quedó embarazada "por accidente",

La otra demandante no quería ser madre soltera, por lo que, ante la sospecha de un embarazo extrauterino, abortó en el Reino Unido.

La legislación irlandesa sólo permite interrumpir el embarazo en los supuestos de cáncer de útero, embarazo extrauterino y preeclampsia (hipertensión inducida en la gestación).