Irlanda, condenada por Estrasburgo por prohibir abortar a una enferma de cáncer
- La demandate asegura que nadie le había advertido de los posibles riesgos
- El tribunal no se ha pronunciado sobre otros dos casos denunciados
La Corte Europea de Derechos Humanos ha dictaminado que Irlanda ha violado los derechos de una mujer que sufre de cáncer al negarle la posibilidad de que se le practicara un aborto.
El tribunal en Estrasburgo ha decidido que las restricciones impuestas por las autoridades irlandesas violan los derechos humanos de la mujer vinculados a su vida privada, al no implementar el derecho constitucional existente a un aborto legal en Irlanda.
Los tres casos demandantes
La mujer a la que la Unión Europea ha dado la razón, defendía que ningún médico le había advertido de los posibles riesgos para el feto y para ella, por lo que decidió abortar en Reino Unido.
Sin embargo, no se ha pronunciado sobre los otros dos casos que habían sido denunciados. Por un lado, el de una mujer ex alcohólica con 4 hijos dados en acogida, que se quedó embarazada "por accidente", porque pensaba que su pareja era estéril.
Había pedido un préstamo para sufragar los gastos del aborto en una clínica privada británica.
Por otro lado, está el caso de la otra demandante, que no quería ser madre soltera por lo que, ante la sospecha de un embarazo extrauterino, decidió trasladarse al Reino Unido para abortar.
Las tres demandantes aseguraron en su escrito, presentado en 2005, que las restricciones al aborto en Irlanda han supuesto un "sentimiento de oprobio y de humillación" y "han puesto en peligro la vida" de una de ellas.