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Las novedades de la reforma de pensiones: trabajar más años y cotizar más tiempo

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Así quedan las pensiones en España tras la reforma aprobada por el Gobierno

El Gobierno ha aprobado este viernes en Consejo de Ministros un anteproyecto de ley para reformar el actual sistema público de pensiones que introduce modificaciones sustanciales en los años exigidos para poder jubilarse y el tiempo requerido para poder cobrar la pensión completa. A continuación, se repasan las principales novedades incluídas en el proyecto que, no obstante, aún podrá ser modificado durante su tramitación parlamentaria.

  • EDAD LEGAL DE JUBILACIÓN: se sitúa en 67 años (ahora 65 años). Sólo se mantendrá en los 65 para determinadas profesiones consideradas más penosas, aún por concretar. La ampliación será progresiva a partir de 2013, hasta llegar en 2027 a esos 67 años.
  • CUANTÍA DE LA PENSIÓN: se calculará haciendo media de los salarios de los últimos 25 años de carrera (ahora, de los últimos 15 años). Esto supone reducir la pensión, ya que se introducen en el cálculo salarios más bajos (en la vida laboral, normalmente, los mejores sueldos se cobran al final de la carrera profesional). El aumento será progresivo: cada año, el período de cómputo se incrementará en 1 año hasta alcanzar los 25 años en 2023. Por ejemplo: con ese nuevo cálculo, una pensión media de 887,6 euros al mes se reducirá 95 euros mensuales, lo que supondrá 1.100 euros menos al año.

** Los trabajadores que sean despedidos al final de su vida laboral podrán aumentar más allá de esos 25 años el período utilizado para calcular su pensión y así evitar que el tiempo pasado en el paro -de menor cotización- perjudique la media y reduzca la cuantía de la pensión.

  • COBRO DE LA PENSIÓN COMPLETA: se habrá tenido que cotizar 37 años (ahora, 35 años) para recibir la pensión completa a los 67 años.
  • COBRO DE LA PENSIÓN MÍNIMA: para acceder a una pensión mínima contributiva se mantienen los 15 años de cotización que se exigen ahora y que dan derecho al cobro del 50% de la prestación.
  • JUBILACIÓN POSIBLE A LOS 65 AÑOS: quien quiera seguir jubilándose a los 65 años cobrando la pensión completa deberá acumular una cotización de 38 años y 6 meses (ahora, 35 años).
  • JUBILACIÓN ANTICIPADA: se permitirá a partir de los 63 años de forma voluntaria (ahora 61 años) siempre que se acredite un mínimo de cotización de 33 años. Excepcionalmente, en situaciones de crisis, los trabajadores se podrán jubilar a partir de los 61 años cuando hayan cotizado al menos 33 años. Cada año que se anticipe el retiro sobre la edad legal de 67 años se penalizará -como sucede ahora- con un recorte de la pensión; pero los coeficientes reductores que se aplicarán no podrán superar el 42 % del total de la pensión, frente al 40 % que se aplica ahora. A los 63 años no se necesitará ser despedido por el empleador, tal y como se exigía ahora para poder jubilarse a los 61 años.
  • JUBILACIÓN PARCIAL ANTICIPADA: se mantiene la jubilación parcial a los 61 años, aunque se dificulta ya que la empresa deberá cotizar íntegramente tanto por el trabajador relevista como por el relevado. Esa cotización del empleador aumentará de forma gradual hasta que la empresa, en 2027, se haga cargo del total de ese gasto.
  • RECONOCIMIENTO DE LA CONCILIACIÓN FAMILIAR: se reconocerá el período dedicado al cuidado de los hijos que ahora no se incluía. Se reconocerán 9 meses cotizados por cada hijo -hasta un máximo de 2 años- cuando las madres y los padres dejen de trabajar para atenderlos. Se permitirá siempre que tengan carreras largas de cotización. Por ejemplo, una mujer que haya cotizado durante 36 años y tenga 3 hijos, podrá jubilarse a los 65 años porque el cuidado de sus hijos le proporcionará esos dos años que le faltan para llegar a los 38,5 años exigidos.
  • RECONOCIMIENTO DE LA FORMACIÓN: Se reconocerán los períodos de formación de los becarios hasta un máximo de 2 años. Se firmarán convenios entre la Seguridad Social y las empresas, para que éstas paguen el equivalente a la cotización de un contrato de trabajo formativo, con lo que servirá de aportación a la futura pensión de los entonces becarios. Se permitirá aplicar cierta retroactividad, previo pago, a los que hayan sido becarios, aunque no se ha concretado qué período de retroactividad se aplicará.
  • NUEVO FACTOR DE SOSTENIBILIDAD: entrará en vigor en 2027. Cada vez que se modifique la esperanza de vida (se revisará cada 5 años), se introducirán modificaciones automáticas en las variables de cálculo para garantizar así la sostenibilidad del sistema público.
  • INCENTIVOS A ALARGAR LA VIDA LABORAL: cada año que se alargue la retirada a partir de los 65 año o los 67, y si se ha cotizado durante menos de 25 años- la pensión se mejorará en un 2% anual, hasta que se llegue a la base de cotización máxima del régimen general de la Seguridad Social. Si la carrera de cotización está entre los 25 años y los 37, cada año trabajado más allá de los 65 años o los 67 se bonificará con un 2,75%. Para los que lleguen a esas edades con las carreras completas de cotización, el incentivo anual para continuar trabajando será de un 4%.