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Los juzgados aceptan la mayor demanda colectiva por las 'cláusulas suelo' de las hipotecas

  • La juez abre un plazo de dos meses para que se adhieran los perjudicados
  • En España existen 3,8 millones de personas con este tipos de  cláusulas
  • Se comercializaron, sobre todo, entre 2007 y 2008

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El Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid ha aceptado a  trámite la mayor demanda colectiva presentada en España contra 45  entidades financieras por la aplicación de las llamadas 'cláusulas  suelo' de las hipotecas, según el auto dictado el pasado 4 de  febrero.

La juez Miriam Iglesias ha aceptado así la demanda presentada por la  asociación de consumidores Adicae y ha abierto un plazo de dos meses  para que todos los perjudicados por este tipo de productos de los  bancos y cajas de ahorros se puedan adherir al proceso para "hacer  valer sus derechos".

Además, la juez trasladará la demanda al Ministerio Fiscal para  que se pronuncie al respecto y ha abierto una pieza separada para  decidir si adopta la medida cautelar solicitada por Adicae de  paralizar de forma inmediata la inclusión de estas cláusulas en los  préstamos hipotecarios hasta el fin del proceso.

Por el momento, la demanda ha sido presentada en nombre de unos  400 clientes de las entidades y en ella se pide la nulidad de estas  cláusulas por desproporción manifiesta entre los suelos y los techos  de tipos de interés fijados en los contratos hipotecarios.

La cláusula de suelo fija un tope mínimo del porcentaje de  intereses a pagar, lo que ha evitado que muchos usuarios se hayan  beneficiado de la bajada del Euríbor, principal índice de referencia  de en las hipotecas a tipo variable. Este tipo de cláusulas se  comercializaron principalmente entre 2007 y 2008.

Perjuicio del consumidor

Según un informe elaborado por el Banco de España a petición del  Senado, en España existen 3,8 millones de personas con este tipos de  cláusulas en sus contratos hipotecarios. Adicae calcula que en 2010,  los bancos y cajas ingresaron entre 3.500 y 7.000 millones de euros  por estas cláusulas en perjuicio del consumidor.

Los bancos demandados son BBVA, Banco Pastor, Banco Sabadell,  Banco Popular, Banco Guipuzcoano, Banco de Galicia, Banco Gallego y  Banco Vasconia. Las cajas de ahorros demandadas son La Caixa, Caixa  Galicia, Caixa Inmaculada, Caixa d'Estalvis de Girona, Caixa Manresa,  Caixa Nova, Caixa Ontinyent, Caixa Penedés, Caixa Rural de Baleares,  Caixa Sabadell, Caixa Tarragona, Caja Castilla-La Mancha, Caja  Círculo, Caja de Ahorros de Extremadura, Caja de Badajoz, Caja Duero,  Caja España, Caja Canarias y Unicaja.

A estas, se suman Kutxa, Caja Granada, Caja Insular de Ahorros de  Canarias, Multicaja, Caja Rural de Asturias, Caja Rural de Cuenca,  Caja Rural de Granada, Caja Rural de Navarra, Caja Rural del Sur,  Caja Segovia, Caja Sol, Caja Sur, Cajalon, Caja Mar, Caixa d'Estalvis  de Catalunya, Tarragona i Manresa, Caixa d'Estalvis Unió de Caixes  Manlleu Sabadell i Terrasa, Celeris Servicios Financieros y  Credifimo.

En octubre de 2010, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla dictó la primera sentencia en España que declaró abusivas las  cláusulas de suelo de las hipotecas de dos bancos y tres cajas de  ahorros, a quienes obligó a eliminarlas y a abstenerse de utilizarlas  en los sucesivos contratos. Esta sentencia está recurrida en  apelación ante la Audiencia Provincial del Sevilla.

El juez concluyó entonces que el abuso reside en el "evidente  desfase" que existe entre los suelos y techos de los préstamos  hipotecarios, que proporciona un beneficio al banco que carece de  "reciprocidad en perjuicio del consumidor".