El Constitucional suspende el catálogo de medicamentos aprobado por la Xunta
- Admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad que presentó el Gobierno
- La ley aprobada por la Xunta buscaba reducir el gasto farmacéutico
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno contra la Ley de Galicia 12/2010 de 22 de diciembre de recionalización del gasto en la prestación farmacéutica por el que se creó el catálogo priorizado de productos farmacéuticos, cuya aplicación queda ahora en suspenso.
El TC justifica la suspensión de la aplicación del catálogo al invocar el presidente del Gobierno en el recurso el artículo 161.2 de la Constitución, lo que, "a su tenor y conforme dispone el artículo 30 LOTC, produce la suspensión de la vigencia y aplicación" del catálogo de fármacos, en vigor desde el 3 de enero.
Las partes tienen 15 días para personarse en el proceso y formular alegaciones.
En concreto, el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central, formalizado por el Abogado del Estado hace un mes, fue presentado contra los artículos 1 a 4 y disposiciones adicionales primera y segunda de la ley gallega de racionalización en la prestación farmacéutica.
El Gobierno presentó dicho recurso porque considera que la ley gallega es un agravio para los ciudadanos de esa comunidad por no poder acceder a algunos fármacos por su precio.
Catálogo de medicamentos
El catálogo priorizado de productos farmacéuticos de la Comunidad Autónoma de Galicia se puso en marcha con el inicio de 2011 y su objetivo era reducir el gasto farmacéutico.
Para ello, la Consejería de Sanidad elaboró una lista de medicamentos para algunas de las enfermedades más comunes. Los médicos que recetaran fármacos más caros tendrían que justificarlo ante la inspección.
Ahora el Constitucional ha acordado dar traslado de la demanda y documentos presentados a la Xunta, para que, en el plazo de 20 días, aporte "cuantos documentos y alegaciones considere convenientes".