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Estrasburgo sentencia que el crucifijo en las aulas no viola el derecho a la libertad de religión

  • Considera el crucifijo un símbolo "esencialmente pasivo"
  • Dar mayor visibilidad al Cristianismo "no supone adoctrinamiento"
  • En 2009 dictó sentencia a favor de la retirada

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El Tribunal de Estrasburgo o Corte Europea de los Derechos Humanos ha declarado, con 15 votos a favor y 2 en contra,  que la presencia de los crucifijos en las aulas no constituye "una violación de los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones" y  de "la libertad de religión de los alumnos" ya que "no subsisten elementos que puedan probar que el crucifijo influye eventualmente en los alumnos". 

Así, la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rectificado su sentencia de noviembre de 2009, en la que se opuso a la presencia de crucifijos en las escuelas públicas italianas.

Según la sentencia, "un crucifijo colgado de una pared es un símbolo esencialmente pasivo, cuya influencia sobre los alumnos no puede ser comparada a un discurso didáctico o a la participación en actividades religiosas".

"La religión mayoritaria tiene una visión preponderante"

Añade el texto que la presencia de los crucifijos no está asociada a una enseñanza obligatoria del cristianismo y "nada indica que las autoridades se muestren intolerantes hacia los alumnos de otras religiones, no creyentes o de otras convicciones filosóficas".

La sentencia señala que Italia "da a la religión mayoritaria del país una visibilidad preponderante en el ámbito escolar", que no supone un "acto de adoctrinamiento" ni una violación (del artículo 2 del protocolo 1) del derecho a la Educación del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Soile Lautsi, una ciudadana italiana residente en una localidad cercana a Venecia,  presentó su demanda en Estrasburgo el 27 de julio de 2006, en la que se quejaba de la presencia de crucifijos en las aulas del instituto público en el que estudiaban sus dos hijos.

En 2009 el mismo tribunal apoyó la retirada

Defensora del principio de secularidad, Lautsi había llevado sin éxito su reclamación ante diversas instancias judiciales italianas.

El Consejo de Estado consideró entonces el crucifijo como "uno de los valores seculares de la Constitución italiana".

La citada sentencia del tribunal de Estrasburgo de noviembre de 2009 apoyó a Lautsi, al afirmar que "el Estado debía de abstenerse de imponer creencias, incluso indirectamente, en lugares con personas a su cargo o particularmente vulnerables".

Ahora, la Gran Sala ha enmendado esa sentencia y aunque ve "comprensible" que la demandante vea en la presencia de los crucifijos "una falta de respeto del Estado a su derecho de asegurar la educación", estima que esa "percepción subjetiva" no supone una violación.

Italia ve en el crucifijo un "sentimiento popular"

Los dos jueces de Gran Sala que han votado en contra emitieron una opinión disidente de la sentencia al defender una "estricta neutralidad del Estado en la enseñanza pública".

En la lectura de la conclusión de la sentencia de la Gran Sala del Tribunal, realizada por su presidente, el juez francés Jean-Paul Costa, han estado presentes los representantes ante el Consejo de Europa de los países que han apoyado a Italia.

Esos Estados (Armenia, Bulgaria, Chipre, Rusia, Grecia, Lituania, Malta, San Marino y la Santa Sede) estuvieron presentes en la vista celebrada el año pasado, en la que el representante italiano dijo que el crucifijo representa "el sentimiento popular italiano".

La defensa de la demandante argumentó en la vista que la presencia de los crucifijos en las escuelas públicas italianas suponía "la tiranía de la mayoría, que no protege a las minorías".

Aforo completo en la sala ante la expectación generada

La sala de vistas de la sede estrasburguesa del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha presentado este viernes un aforo completo, algo poco habitual en las lecturas de sentencias de Gran Sala, ante la expectación generada.

El Tribunal de Estrasburgo tiene que examinar próximamente otro asunto relacionado con los símbolos religiosos: la demanda contra Suiza por la convocatoria del referéndum sobre la construcción de nuevos minaretes en el país