El Supremo ordena destruir grabaciones originales de SITEL para evitar que se reutilicen
- Uno de los motivos es la vulneración del derecho al secreto de comunicaciones
- Solo se conservara de forma segura las copias entregadas a los jueces
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ordenado en una sentencia que los tribunales acuerden de oficio la destrucción de las grabaciones originales obtenidas por SITEL, el sistema de escuchas telefónicas del Ministerio de Interior, para evitar que los datos de una investigación con autorización judicial puedan ser reutilizados para otros hechos diferentes.
En la sentencia, el Alto Tribunal se pronuncia sobre este polémico sistema de escuchas de Interior en una resolución en la que estima en parte los recursos de varios condenados por formar parte de una red de tráfico de sustancias estupefacientes y blanqueo de capitales, que operaba en la Comunidad de Madrid. La sentencia impugnada fue dictada por la Audiencia Provincial de Madrid el 31 de mayo de 2010.
El fallo condenó a siete miembros de esta organización a penas de entre tres y once años de prisión por un delito contra la salud pública y tenencia ilícita de armas, llevando sus letrados el caso a los tribunales al impugnar el uso de datos obtenidos en SITEL en otra investigación iniciada en un Juzgado de Arévalo, en Ávila. Uno de los motivos de los recursos se sustenta en la vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones.
Así, se expone que este caso se inició a raíz del desglose de otro seguido en Arévalo en el que se acordó el archivo. Sin embargo, la Guardia Civil decidió continuar la investigación volcando sus datos para abrir otro procedimiento.
Por ello, el Supremo recalca que si no se adoptan medidas cautelares podría resultar posible "el almacenamiento de una cantidad ingente de datos relativos a la actividad de numerosas personas, implicadas o no en hechos delictivos, que quedarían fuera del control directo y exclusivo de la autoridad judicial".
De este modo, ordena que los tribunales de oficio en las causas en las que se haya procedido a la realización de intervenciones telefónicas "deberán acordar en sus sentencias la destrucción de las grabaciones originales que existen en la unidad central del sistema SITEL y de todas las copias, conservando solamente de forma segura las copias entregadas a la autoridad judicial, y verificando en ejecución de sentencia, una vez firme, que tal destrucción se ha producido".
Destrucción de datos
Hasta ahora, la regulación de SITEL y de las bases de datos policiales permitía a los policías y a la Guardia Civil acumular todos esos productos de las interceptaciones de comunicaciones. A su vez se reutilizaban en la elaboración de otros "productos de inteligencia".
Ante esta sentencia, el abogado Jacobo Teijelo solicitará a la Sala de la Audiencia madrileña que los letrados puedan acceder a los datos para verificar la destrucción de las grabaciones originales. Asimismo, pedirá a la Agencia de Protección de Datos que borren todos los datos obtenidos a raíz de investigaciones judiciales.
Teijelo ha recalcado que hasta ahora se estaba violando el artículo 18.4 de la Constitución Española por reutilizar los datos de investigaciones anteriores. Además, viola la Ley de Protección de Datos en sus artículos 22.3 y la Ley General de Telecomunicaciones artículos 35.1.