El Supremo confirma la absolución de Otegi por enaltecimiento del ETA en el mitin de Anoeta
- El Ministerio Fiscal había recurrido la sentencia absolutoria de la Audiencia
- La decisión del Supremo no ha sido unánime y habrá varios votos particulares
- Otegi está en prisión preventiva desde 2009 por intentar reconstruir Batasuna
El Tribunal Supremo (TS) ha acordado confirmar la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió al exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi de un delito de enaltecimiento del terrorismo por su intervención en un mitin en el velódromo de Anoeta, en San Sebastián, el 14 de noviembre de 2004.
Así lo ha acordado la sala de lo penal del alto tribunal menos de dos horas después de que se celebrara una vista en la que la Fiscalía había solicitado que se anulara esa sentencia y se condenara a 18 meses de prisión a Otegi y a los también dirigentes abertzales Joseba Permach y Joseba Álvarez.
Fuentes del Supremo han informado de que la sala, formada por cinco magistrados, ha decidido desestimar el recurso del Ministerio Público, aunque la decisión no ha sido unánime y la resolución, que se conocerá en los próximos días, contará con varios votos particulares.
Durante la vista, el fiscal ha afirmado que dicho acto tenía un contenido enaltecedor del terrorismo y en su organización Otegi "tuvo un papel protagonista".
También ha manifestado su disconformidad con la absolución de otros dos miembros de Batasuna que también participaron en ese mitin, Joseba Permach y Joseba Álvarez, para quienes en el juicio reclamó, al igual que para Otegi, 18 meses de prisión.
La Audiencia Nacional decidió absolver a los tres por entender que existen "serias dudas" de que fueran los que exhibieran fotos de etarras y repartieran propaganda de ETA durante el mitin.
Solo probado que el acto era de Batasuna
Este tribunal solo dio por probado que el acto de Anoeta fue convocado por Batasuna y en él se exhibieron una "sucesión de imágenes" de etarras, se corearon gritos a favor de ETA y unos encapuchados repartieron zutabes (boletines internos de la banda).
Sobre el discurso que pronunció Otegi, los magistrados de la Audiencia Nacional interpretaron que versa sobre la "conveniencia y la necesidad de un proceso de diálogo y negociación" para la resolución del "conflicto de manera pacífica y democrática","con ausencia" de justificación del terrorismo".
Según el representante del Ministerio Público, Otegi "se unió a ese homenaje" y "esos gritos, imágenes y contenidos enaltecedores no era ajeno a la voluntad de los organizadores y en particular para Otegi".
A su juicio, los acusados "querían y asumían ese contenido enaltecedor de una banda terrorista y eso es constitutivo de delito".
La abogada de Otegi y Permach, Jone Goiricelaia, ha destacado que la sentencia de la Audiencia Nacional dice que no existen datos objetivos que vinculen a los acusados con la organización del acto.
Según la letrada, la voluntad de sus patrocinados no era enaltecedora, sino "para presentar una propuesta política por vías pacíficas".
Por su parte, el letrado de Álvarez, Iñigo Iruin, ha indicado que la sentencia recurrida es "muy contundente" y "dice que no hay prueba de cargo que vincule a los acusados con el diseño del acto".
En prisión preventiva por intentar reconstruir Batasuna
Otegi está en prisión preventivapor tratar de reconstruir la ilegalizada Batasuna a través de un grupo denominado Bateragune.
Esta es la segunda absolución que consigue Otegi en la Audiencia Nacional, la primera en marzo de 2007 por el homenaje a la etarra Olaia Castresana porque la Fiscalía retiró la acusación contra él durante el juicio.
La Audiencia le ha condenado en otras dos ocasiones por enaltecimiento del terrorismo, en 2006 y en 2010 por homenajes a los etarras José Manuel Beñaran "Argala" y José María Sagarduy, respectivamente.
El juicio por su intervención en el homenaje a Sagarduy, por el que fue condenado a 2 años de prisión, fue anulado por el TS y volverá a celebrarse en julio.