El Supremo confirma la disolución del grupo neonazi "Blood & Honour" y las penas de cárcel
- Desestima los recursos de la defensa de los procesados
- Considera que la organización es del movimiento skinhead
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid por la que se acordó la disolución del grupo neonazi "Blood & Honour" -Sangre y Honor-, así como las penas impuestas a 15 de los 18 miembros de este grupo, condenados a penas de entre uno y tres años y medio de prisión.
La sentencia de la Sala de lo Penal del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde, desestima los recursos presentados por Roberto L.U. y Francisco José L.P., al considerarles, al igual que la Audiencia madrileña, los fundadores de "Blood & Honour" en España.
El Supremo explica que, según el artículo 515 del Código Penal, son punibles las asociaciones lícitas que promuevan la discriminación, el odio, la violencia contra las personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias, raza o nación y orientación sexual.
"Promoción del odio por razón de raza"
Tanto la documentación de "Blood & Honour" como las revistas, libros y letras de las canciones intervenidas dejan "patente el carácter de promoción del odio por razón de raza que tenía la asociación", dice el fallo.
"Basta con que el mensaje se difunda ante una colectividad difusa de personas a través de cualquier medio de comunicación de masas", según el Supremo.
La asociación fue inscrita en el correspondiente registro del Ministerio del Interior como de la Comunidad de Madrid en el año 2000 con el fin de conservar "la cultura europea y el fomento del activismo juvenil".
Sin embargo, tal y como destaca el TS, "Blood & Honour" se constituyó "en realidad" como la facción española de la asociación del mismo nombre establecida en el Reino Unido y que se englobaba dentro del movimiento "Skinheads (cabezas rapadas) nacionalsocialistas (NS)".
La ideología NS era difundida y promocionada en España por "Blood & Honour" a través de una revista, así como organizando conciertos y distintos eventos que se sufragaban con la venta de artículos en los que aparecía la frase "Heil Hitler" y la imagen del propio Adolf Hitler.
Otro medio de obtención de recursos para la asociación, por parte de Roberto L.U. era la venta de defensas extensibles, sprays de defensa personal y defensas eléctricas.
Fiestas de apología nazi
En agosto de 2001, se organizó en la localidad de Candeleda (Avila) unas jornadas para conmemorar el XIV aniversario de la muerte de Rudof Hess, lugarteniente de Hitler, así como diversos conciertos de música de RAC y Oi! en Aranjuez, Casarrubios del Monte y en Pedrezuela.
En febrero de 2005, se organizó un concierto en Talamanca del Jarama en la discoteca 'Taj Mahal', en cuya organización participaron de forma activa todos los acusados. Al concierto acudieron los miembros de las diferentes secciones territoriales.
"En dicha fiesta se dieron gritos alusivos a la raza judía tales como 'seis millones de judíos más a la cámara de gas', que eran jaleados por todos los asistentes y en el interior, se estableció un punto de venta de CD's, libros, camisetas de ideología neonazi y armas prohibidas", señala el fiscal.
El 21 de abril de 2005 se practicaron entradas y registros en los domicilios de los acusados, así como en la taquilla del trabajo de Roberto L.U. En los registros se incautaron defensas extensibles, navajas automáticas, sprays de defensa personal no homologados en España para su venta y pistolas, entre otras armas.