La base reguladora para calcular la pensión de viudedad se elevará al 60%
- Para las personas mayores de 65 años que no tengan otra pensión
- Computarán nueve meses previos al nacimiento y tres meses previos a la adopción
La pensión de viudedad se fijará con una base reguladora que pasará del 52% actual al 60% para las personas que tengan 65 años o más y no tengan otra pensión pública.
Así consta en una enmienda transaccional del grupo parlamentario catalán CiU, conocida este miércoles tras la reunión de la ponencia de la Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los Diputados encargada de elaborar el texto definitivo de la reforma de las pensiones.
Se requerirá que no tengan otros ingresos
También se requerirá para percibir esa pensión que no se tengan ingresos por la realización de trabajo por cuenta ajena o propia y que los rendimientos o rentas percibidos no superen anualmente el límite de ingresos que esté establecido en cada momento para ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad.
Otra de las enmiendas se refiere a los beneficios por cuidados de hijos menores y establece que se computará como periodo cotizado el tiempo en que hubo extinción laboral o finalización del cobro de las prestaciones por desempleo, producidas entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres meses previos a la adopción.
La duración de este cómputo como periodo cotizado será de 112 días por cada hijo o menor adoptado o acogido, y se incrementará anualmente a partir de 2013 y hasta 2018 en 14 días por año e hijo, hasta un máximo de 270 días por hijo.