La Audiencia Nacional avala definitivamente el paso del AVE por la Sagrada Familia
- Considera que Fomento realizó un "conciencudo análísis"
- Afirma que las obras se están realizando con los mayores controles
La Audiencia Nacional ha avalado definitivamente el trazado del tren de Alta Velocidad a su paso bajo el templo de la Sagrada Familia de Barcelona, al entender que el Ministerio Fomento realizó un "concienzudo análisis" a la hora de decidir el recorrido y que las obras se están realizando "con los mayores controles en aras a una ejecución rigurosa y segura".
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha tomado esta decisión al desestimar el recurso interpuesto por la Fundación Pía Autónoma y la Junta Constructora del Temple Expiatori de la Sagrada Familia contra la resolución adoptada por el Ministerio del Fomento el 6 junio de 2007, por la que se aprobó el trazado del tramo por la ciudad de Barcelona de la línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera Francesa.
"No se aprecia que la administración haya actuado con arbitrariedad o irrazonabilidad a la hora de seleccionar la opción más recomendable, ni que haya incumplido los trámites obligados, desarrollando una actividad administrativa orientada a la adopción de una decisión de lo más adecuada y racional posible", señala la sentencia hecha pública hoy.
El tribunal, presidido por el magistrado José Luis Sánchez Díaz, había rechazado hasta en siete ocasiones la paralización cautelar de las obras del AVE a su paso por la Sagrada Familia de Barcelona.
Los recurrentes aseguraban que las obras del túnel y la puesta en servicio de la línea van a provocar "una situación de riesgo irreversible para la subsistencia del monumento", basándose en el dictamen de varios expertos, entre ellos un informe provisional elaborado por la Unesco.
La resolución de la Audiencia Nacional destaca, en contra de este argumento, que los tres peritos judiciales -un arquitecto, un ingeniero y un geólogo- concluyeron que es "poco probable que haya efectos que disminuyan gravemente la seguridad del templo".
Los magistrados de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo aseguran en su sentencia que en el marco de las obras "se han tomado medidas exhaustivas de seguridad, utilizando los métodos técnicos más avanzados".
Al recurso se opusieron tanto el Ministerio de Fomento como el Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat de Cataluña.