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Cinco jueces confirman la existencia de indicios para juzgar a Garzón por las escuchas de Gürtel

  • Acusado de prevaricación y de un delito  contra las garantías constitucionales
  • Desestiman de forma conjunta los recursos de apelación presentados

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Cinco magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo  coinciden en apreciar indicios de delito en la actuación del juez  Baltasar Garzón respecto de la investigación que realizó a principios  de 2009 sobre la trama Gürtel, hecho por el que previsiblemente se  sentará en el banquillo acusado de prevaricación y de un delito  contra las garantías constitucionales.

Así se señala en el auto dado ha conocer por el  alto tribunal en el que desestiman de forma conjunta cuatro recursos  de apelación que habían sido presentados  por Garzón contra otras  tantas resoluciones dictadas entre los pasados meses de marzo y junio  por el magistrado Alberto Jorge Barreiro, que fue el que instruyó  esta causa penal contra el juez suspendido de la Audiencia Nacional.

"Las pruebas no admitidas podrían volver a solicitarse"

Los magistrados Juan Saavedra -presidente de la Sala de lo Penal-,  Julián Sánchez Melgar, Perfecto Andrés Ibáñez, José Ramón Soriano y  José Manuel Maza coinciden con la tesis del instructor, que dicen que  tiene que ser respetada, "máxime cuando todas las pruebas no  admitidas podrían volver a solicitarse para el acto de juicio oral,  caso de llegar a celebrarse éste, siendo en dicho plenario donde  resultaría verdaderamente efectiva y útil su práctica".

Entre las diligencias solicitadas estaba el testimonio de Antonio  Pedreira, que instruye actualmente el "caso Gürtel" en el Tribunal  Superior de Justicia de Madrid, que a juicio del instructor del caso  no es necesario porque "no se aporta elemento alguno acreditativo de  que la declaración de ese testigo llegara a alcanzar una eficacia que  fuera determinante de la exclusión de antijuricidad indiciaria de la  conducta del querellado".

También rechazaba el magistrado Jorge la declaración de los  funcionarios policiales y jefes de la investigación de la trama  Gürtel, cuya labor dio origen a la incoación de diligencias contra  los integrantes de la misma en la Audiencia Nacional hasta que en  marzo de 2005 Garzón se inhibió en favor del TSJM. Igualmente, no se  aceptaba citar en  calidad de testigo al querellante inicial, Ignacio  Peláez.

Igualmente, sobre el expurgo realizado de determinados fragmentos  de las intervenciones de contenido "estrictamente privado" y de nulo  interés para la causa, en opinión de Jorge, la Sala señala que "no  cabe sino coincidir también con el criterio y la actuación llevados a  cabo en este extremo por dicho magistrado instructor".

La Sala añade que el instructor Jorge tubo además "la pruedente  precaución de conservar, debidamente custodiadas dichas grabaciones  excluidas del expediente, por si en un futuro, en concreto de nuevo  en el acto de juicio oral, la Sala considerase oportuna su  audición".