Entra en vigor la supresión del límite de dos años para encadenar contratos temporales
- Las empresas no tendrán que convertir esos contratos temporales a indefinidos
- El nuevo contrato de formación, otra de las novedades de la reforma
- Se prorroga por seis meses la ayuda de 400 euros a parados sin prestación
Ver también: Real decreto ley aprobado por el Gobierno (PDF)
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Artículo 15.5 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores:
"Los trabajadores que en un período de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a 24 meses, con o sin solución de continuidad; para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposició por empresas de trabajo temporal con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duració determinada, adquirir la condición de trabajadores fijos.
El nuevo contrato de formación con el que el Gobierno espera reactivar la creación de empleo entre los jóvenes entra en vigor este miércoles junto a la supresión del límite de dos años para encadenar contratos temporales, después de que el real decreto aprobado en el último Consejo de Ministros se haya publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, ha defendido estas medidas porque, asegura, "la prioridad nacional es la creación de empleo, sobre todo juvenil". El 46,12% de los jóvenes menores de 25 años están en el paro.
El real decreto, establece, entre otras medidas, que desde su entrada en vigor y durante dos años, se podrán encadenar contratos temporales sin límite en su número y la empresa no tendrá la obligación de hacer indefinido al trabajador cuando se supera el límite de 24 meses. Para ello, el real decreto suprime temporalmente durante dos años, el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.
Además, desde este miércoles y hasta el 31 de diciembre de 2013, las empresas podrán contratar en formación a jóvenes de hasta 30 años.
Así, durante dos años, se amplía el límite actual, de 25 años, para que los jóvenes sin cualificación profesional, es decir, sin título de educación secundaria o que aunque lo tengan, carezcan de título universitario o de formación profesional, tengan acceso a una actividad remunerada y obtengan al mismo tiempo un certificado de profesionalidad.
El límite máximo de edad no se aplicará cuando el contrato de formación se concierte con personas con discapacidad, según el texto del real decreto publicado este martes en el BOE. Un aspecto que no se contemplaba en el borrador inicial.
Nuevo contrato de formación
El objetivo del nuevo contrato de formación es que los jóvenes, apartir de los 16 años, puedan acceder al mercado laboral y al mismo tiempo adquieran una formación, ya que se establece que como mínimo el 25% de la jornada laboral será formativa. El salario nunca podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional.
La preocupación por las elevadas cifras de desempleo juvenil ha traspasado fronteras. Instituciones como el Fondo Monetario Intarnacional, han advertido en los últimos meses, sobre el riesgo de una "generación perdida" en España, debido al paro juvenil, que se acerca al 50% de los menores de 25 años.
Una de las principales novedades de este contrato de formación es la ampliación de seis meses a un año su duración mínima, con un límite máximo de dos años, que la empresa puede prorrogar un año más.
Ventajas para los empresarios
Las medidas que este miércoles entran en vigo también tratan de fomentar la contratación de jóvenes desempleados a través de bonificaciones a los empresarios, que tendrán reducciones en las cuotas a la Seguridad Social si realizan contratos de formación a trabajadores desempleados de más de 20 años e inscritos en las oficinas de empleo con anterioridad al 16 de agosto de 2011.
Las reducciones en las cuotas a la Seguridad Social serán del 100% para empresas con una plantilla inferior a 250 personas y del 75% en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a esa cifra.
Además, las empresas que una vez finalizados los contratos de formación, los transformen en indefinidos, tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros anuales, durante tres años, que serán 1.800 euros, en el caso de las mujeres.
Sindicatos y patronales en desacuerdo
Los sindicatos mayoritarios, UGT y CC.OO. y las patronales CEOE y CEPYME han mostrado su desacuerdo con el contenido de la reforma.
En concreto, UGT cree que con esta medida, el Gobierno renuncia a combatir la contratación temporal y "abusiva". Considera necesario un contrato de formación y aprendizaje, pero rechaza que este tipo de contratación se eleve a 30 años. Por su parte, CC.OO. cree que el nuevo contrato de formación condena a los jóvenes a la temporalidad y bajos salarios e impide en la práctica su acceso a contratos estables que le permitan planificar su vida dignamente.
Los sindicatos, en cambio, han valorado la continuidad por seis meses más de la ayuda de 400 euros, dentro del programa Prepara, dirigida a personas desempleadas que han agotado todas las prestaciones.
Las patronales, CEOE y CEPYME manifiestan su desacuerdo con la reforma, porque, aseguran, se desaprovecha una oportunidad para flexibilizar la contratación a tiempo parcial, un tipo de contrato que en España es un 5% inferior a la media europea. Avanzan que el nuevo contrato de formación introduce "rigideces" que van a dificultar su uso por parte de empresas.