El Supremo autoriza a la juez de los ERE andaluces a acceder a las actas de la Junta
- La Junta alegaba que estas actas son "secretas y no podían ser consultadas"
- El Supremo considera improcedente la inhibición de la juez pedida por la Junta
- Andalucía "satisfecha" porque el TS reconoce que hay deliberaciones secretas
El Tribunal de Conflictos Jurisdiccionales del Supremo ha declarado este martes la competencia de la juez de Sevilla Mercedes Alaya, que investiga el fraude de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), para acceder a las actas de los Consejos de Gobierno de la Junta de Andalucía desde 2001.
El Supremo adopta esta decisión en una sentencia en la que estima improcedente el requerimiento de inhibición de la juez reclamado por la Junta de Andalucía, alegando que esas actas eran secretas y no podían ser consultadas.
Para el Tribunal de Conflictos Jurisdiccionales -integrado por el presidente del Supremo, Carlos Dívar, dos magistrados y tres consejeros de Estado- "carecen de virtualidad las alegaciones de la Junta de Andalucía sobre la razonabilidad y proporcionalidad" de la petición de la juez, solicitud que además fue "confirmada judicialmente" por la Audiencia Provincial de Sevilla.
La Junta se muestra "parcialmente satisfecha"
Por su parte, la consejera de Presidencia, Mar Moreno, ha expresado este martes que la Junta se siente "parcialmente satisfecha" con la decisión del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, dependiente del Supremo, y estima que da "la razón a muchas" de sus preocupaciones y fundamentos.
Moreno ha manifestado en rueda de prensa que la sentencia del citado tribunal, que la Junta "acata", es "clarificadora" y "equilibrada". "Los fundamentos jurídicos de la sentencia aclaran y dan la razón a muchas preocupaciones de la Junta y fijan muy bien las coordenadas de cualquier petición judicial", según Moreno, quien ha querido dejar claro que la Junta, en todo momento, ha pretendido defender "el fuero".
Ha manifestado que, a partir de este momento, las actas del Consejo de Gobierno "propiamente dichas" están a disposición del juzgado, si bien la Junta espera que éste curse la correspondiente petición.
Tras apuntar que los Servicios Jurídicos de la Junta se encargarán de hacer ahora un análisis más riguroso del contenido de la sentencia, que es "rico y bastante extenso" de fundamentos jurídicos, Moreno ha expuesto que es verdad que la sentencia desestima el recurso de la administración andaluza, pero que también es verdad que la misma "pone límites a las peticiones judiciales".
"Define con claridad que las actas no son reservadas, pero la sentencia reconoce al mismo tiempo que puede haber acuerdos que tengan carácter reservado o que haya deliberaciones o informes que no forman parte propiamente de las actas", según Moreno.