Estrasburgo confirma que España deberá pagar 23.000 euros a Otegi por violar su libertad de expresión
- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos inadmite un recurso del Gobierno
- Otegi fue condenado a un año por llamar al rey "responsable de los torturadores"
- El TEDH insiste en que la pena fue desproporcionada y multa al Ejecutivo
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo, ha inadmitido este martes el recurso del Gobierno español contra la sentencia que le obligó a indemnizar al exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi por haberle condenado por injurias al Rey, al estimar que se vulneró su derecho a la libertad de expresión.
El Gobierno español tendrá que pagar a Otegi, que fue condenado hace unos días a 10 años de prisión como dirigente de ETA, 23.000 euros.
La Gran Sala del TEDH ha rechazado la petición del Ejecutivo de que se revisara la primera decisión del tribunal del pasado mes de marzo y en la que se señalaba que España había impuesto una pena "desproporcionada" al dirigente abertzale.
La condena al exportavoz de Batasuna fue de un año de cárcel por un delito de injurias graves al rey, al que llamó en 2003 "responsable de los torturadores".
En el recurso interpuesto el pasado mes de junio por la Abogacía del Estado, esta solicitaba que la Gran Sala examinara tres cuestiones "que afectan a la interpretación del Convenio" y son "de general importancia".
La primera de esas cuestiones versaba sobre "las consecuencias del ejercicio de la libertad de expresión por parte de un cargo electo, en relación con la reputación de otros" y la segunda acerca de "los deberes y las responsabilidades de los políticos cuando ejercen tal libertad en un contexto de violencia".
La Abogacía también pedía a Estrasburgo que se pronunciara sobre "la protección de las instituciones del Estado, como el jefe del Estado, de las difamaciones".
El rey no puede intervenir en el debate político
En este sentido, el escrito de los servicios jurídicos del Estado recordaba que el rey no puede intervenir en el debate político ni defender su reputación institucional en los tribunales.
Así, la protección de que goza su figura en la ley española "no tiene como objetivo dotarle de privilegios o de una mayor protección, sino preservar su neutralidad política y su papel institucional", señalaba el escrito.
También decía que la sentencia recurrida no hacía referencia a la responsabilidad de los políticos en un contexto de violencia cuando, en 2003, "ser llamado responsable de los torturadores en el País Vasco no era una cuestión que solo concerniera al debate político".
"En particular, cuando esa acusación viene del líder de una organización que algunos meses después fue declarada ilegal por sus vínculos con el terrorismo", afirmaba el abogado del Estado, que añadía que "debe recordarse que el rey de España ha sido objetivo de los terroristas".