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El Defensor exige criterios más rigurosos para determinar la edad de los menores extranjeros

  • Denuncia que dependiendo de dónde se les examine son adultos o adolescentes

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Un inmigrante puede ser adulto o adolescente en función del lugar donde le examinen, según denuncia en un informe el Defensor del Pueblo, en el que exige criterios más rigurosos para determinar la edad de los menores extranjeros.

El informe ¿Menores o adultos? Procedimientos para determinar la edad expone el caso de un joven que se sometió a pruebas radiológicas para determinar la edad ósea en hospitales de Valencia, Andalucía y Madrid con resultados diferentes en tan solo dos semanas.

El documento tambien incluye el de una mujer subsahariana de raza negra declarada mayor de edad en menos de 24 horas utilizando criterios para varones blancos.

La institución que dirige María Luisa Cava de Llano ofrece un catálogo de deficiencias detectadas en estos procedimientos, a través de la exposición de casos prácticos, las opiniones de expertos médicos, representantes de administraciones, Fiscalía y ONG.

De hecho, una de cada diez quejas recibidas en la Institución, en los tres últimos años, relacionadas con la inmigración y la extranjería tuvieron que ver con estos jóvenes que, al entrar en España sin referentes adultos se encuentran en una situación de riesgo y desamparo.

Una única prueba para determinar la edad

La falta de rigor científico en los procedimientos para determinar la edad de los menores extranjeros no acompañados es una de las conclusiones de este trabajo.

En el se advierte de que en muchos casos les someten exclusivamente a una única prueba, cuando los expertos indican que el proceso de estimación debe ser el resultado del trabajo de diversos especialistas: radiólogos, forenses, médicos y psicólogos, entre otros.

El informe no solo se cuestiona el tipo de pruebas médicas que se realizan en los supuestos de extranjeros indocumentados cuya minoría de edad pueda resultar dudosa en las diferentes administraciones y centros hospitalarios, sino también la asistencia legal y el consentimiento informado.

Además, aunque la Ley de Extranjería establezca claramente la competencia del fiscal para ordenar el examen a los jóvenes, no parece ser entendida así en la práctica en todos los casos, pues en ocasiones es la entidad de protección de menores la que toma la iniciativa y realiza pruebas médicas para determinar la edad del menor que tiene bajo su guarda para agilizar el procedimiento.