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Ryanair podrá seguir cobrando 40 euros por imprimir la tarjeta de embarque

  • La Audiencia Provincial de Barcelona ha estimado el recurso de la aerolínea
  • Considera que la medida "agiliza el embarque" y permite un ahorro de costes a la compañía
  • Ryanair recuerda que menos del 1% de pasajeros pagan la penalización

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La Audiencia Provincial de Barcelona ha avalado la práctica de Ryanair de cobrar 40 euros a los pasajeros por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto y su obligación de realizar la facturación 'online', según la sentencia firme dictada el pasado 5 de octubre, que cita la agencia Europa Press.

La sentencia avala el modelo de gestión 'low-cost' de Ryanair al concluir que "con este método, la compañía agiliza el trámite de embarque, además de obtener un ahorro de costes al evitar el despacho e impresión de las tarjetas de embarque a cargo del personal". Contra la sentencia no cabe recurso alguno, ya que la cantidad reclamada es muy pequeña (285,5 euros).

El tribunal ha estimado el recurso presentado por la aerolínea contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona que declaró nula por abusiva la cláusula contractual que impone al pasajero imprimir la tarjeta de embarque si no quiere ser sancionado.

"Se trata, en definitiva, de un pacto amparado por la libertad contractual, del que el pasajero es suficientemente informado", tal y como contempla en el artículo 1255 del Código Civil. "No supone necesariamente un perjuicio contractual para el usuario o un menoscabo injustificado de sus derechos", señala la resolución.

"No es de excesiva cuantía"

Además, el tribunal considera que la penalización de 40 euros "estimula el cumplimiento" por parte del pasajero y no es "de excesiva cuantía". La sentencia recuerda a los usuarios que pueden evitar su imposición al "entrar en la página web de Ryanair, imprimir la tarjeta y no olvidar llevarla consigo en el aeropuerto".

La sentencia cuenta con un voto particular en contra emitido por uno de los tres magistrados, quien concluye que las compañías aéreas están obligadas a entregar al pasajero una tarjeta de embarque y califica de "desproporcionadamente alta" la sanción de 40 euros.

En este sentido, el magistrado recuerda que, en ocasiones, el valor de la sanción es mayor que el coste del billete y concluye que no existe "ningún dato" para demostrar que dicha cantidad "se corresponda con el costo efectivo" de imprimir un billete.

Por su parte, Ryanair celebró el dictamen emitido por la sentencia y ha recordado que menos del 1% de los pasajeros paga esta penalización, ya que se aplica en las "escasas" ocasiones en que los pasajeros incumplen el acuerdo contraído con la aerolínea.

Por último, el demandante y responsable de la web retrasos.net, Dan Miró, lamentó la decisión del tribunal y recordó que la OCU mantiene otra demanda similar ante los tribunales madrileños, por lo que en caso de resoluciones contratictorias será el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) quien tenga la última palabra.