El TS rebaja la pena a un funcionario de prisiones condenado por abusar de una reclusa
- El Alto Tribunal considera que la presa consintió y que no hay abuso
- La Audiencia Provincial de Madrid le había condenado por este delito
- El funcionario de prisiones trabaja en la cárcel de Alcalá Meco en Madrid
El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de seis años y siete meses de prisión a cuatro la condena impuesta a un funcionario de la cárcel de Alcalá-Meco (Madrid) por abusos sexuales y superioridad al estimar que no existió el primero de los delitos, porque la reclusa accedió a mantener relaciones sexuales con él.
La sentencia del TS, de la que ha sido ponente el magistrado José Ramón Soriano, afirma que de los hechos por los que José María L.C. fue condenado el pasado mes de enero por la Audiencia Provincial de Madrid se debe retirar el delito de abuso sexual.
La voluntad de la víctima, Frida V.S., "siempre fue libre y pudo acceder o no acceder" a la voluntad del funcionario, dice el Alto Tribunal.
El fallo insiste en decir que la víctima "no estuvo constreñida a ningún condicionamiento que le empujara a ceder a las apetencias sexuales del acusado" y que, si lo hizo, fue por una promesa incumplida -a cambio de un trabajo remunerado dentro de la prisión-, y tal circunstancia "no convierte la relación sexual en delictiva".
Absuelve a la cooperadora necesaria
Asimismo, el Supremo también ha absuelto del delito de abuso sexual a otra reclusa, Eva Marta M.V., que fue condenada como cooperadora necesaria para dicho delito al actuar supuestamente de intermediaria entre el funcionario y la víctima.
Los hechos se remontan a 2005 cuando, según el fallo de la sección 23 de la Audiencia madrileña, la reclusa ingresó en el modulo B-3 de la cárcel Madrid I de Alcalá-Mecó para cumplir una condena por un delito contra la salud pública, momento en el que el acusado trabajaba allí como jefe de mantenimiento del cuerpo de ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
La otra acusada también cumplía condena y era la encargada del economato y Frida V.S. le manifestó que tenía interés en obtener un puesto de trabajo remunerado porque necesitaba dinero para mandarlo a sus hijos.
Tras ello, la acusada le dijo que si tenía un encuentro sexual con el funcionario le podría conseguir el trabajo y este en conversaciones posteriores le prometió que se lo conseguiría "si mantenía un rollito con él".
Amenazas para guardar silencio
Entre finales de junio y julio de 2006 Eva Marta M.V. le dijo a la reclusa que la acompañara al economato de la prisión, donde mantuvo una relación sexual con el funcionario.
Cinco meses después, la víctima recibió en su celda una nota manuscrita por Eva Marta M.V., en la que le amenazaba para que guardara silencio sobre el comportamiento del funcionario.
En el fallo del Supremo se mantiene una condena a dos años y medio de prisión a José María L.C. por el delito continuado de abusos en el ejercicio de su función, y una condena de quince meses de prisión a Eva Marta M.V. por un delito de amenazas no condicionales.
El pasado mes de abril, la secretaria general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo, destituyó al director, al subdirector de seguridad y al administrador de la cárcel de mujeres Madrid I de Alcalá-Meco por "comportamientos inaceptables" de algunos de sus funcionarios.