La UE podrá multar a España si no toma medidas para rebajar el paro
- La multa podría ascender a 1.000 millones de euros, el 0,1% del PIB
- La tasa de paro de España duplica la media europea (10,2%)
- España pide sanciones para los desequilibrios positivos,como el de Alemania
- Forma parte de la "Estrategia 2020" aprobada por la Unión Europea en 2010
Ver también:Ver también: Guía del paro
La Unión Europea advierte que podría imponer a España una sanción si no reduce su tasa de paro, de acuerdo con la estrategia económica de la Unión Europea aprobada en 2010, para vigilar individualmente la economía de los Estados miembros. La multa a España podría ascender al 0,1% del PIB, lo que equivale a unos 1.000 millones de euros, si no toma medidas para rebajar su elevada tasa de paro. El alto nivel de desempleo persistente será uno de los criterios utilizados por Bruselas para lanzar el nuevo procedimiento sancionador por desequilibrios excesivos, que se ha creado para identificar en fase temprana posibles problemas y prevenir así futuras crisis de deuda.
La estrategia europea para el crecimiento, aprobada por la Unión Europea para los próximos 10 años, contempla la vigilancia de los Estados miembros para comprobar que cumplen los objetivos individuales de crecimiento y estabilidad en sus cuentas públicas. Esa vigilancia incluye indicadores como la tasa de paro y el déficit del Estado.
Los ministros de Economía de la UE aprobarán previsiblemente este martes la lista de indicadores que se utilizarán para lanzar expedientes por desequilibrios excesivos, según han informado fuentes europeas. Por primera vez, se incluye el nivel de desempleo, que hasta ahora no había figurado en las discusiones y que perjudica especialmente a España.
El indicador se calculará según la media de paro de los últimos tres años y el procedimiento sancionador se activaría cuando se supere el umbral del 10%. La tasa de paro de España es la mayor de la UE desde el inicio de la crisis (22,6% de la población activa según los datos de Eurostat correspondientes a septiembre) y duplica ampliamente la media comunitaria (10,2%).
Procedimiento casi automático
Una vez iniciado el expediente, la UE exigirá al Estado miembro afectado que adopte medidas correctivas en un determinado plazo. Los plazos serán más flexibles que en los expedientes por déficit excesivo ya que se considera que los desequilibrios excesivos no dependen tan directamente de la acción del Gobierno.
Si el país expedientado adopta las medidas que exige Bruselas, el procedimiento se paralizará a la espera de que se corrija el desequilibrio excesivo. Ello significa que antes de aplicar ninguna sanción se daría a España varios años para rebajar el paro.
Pero si el futuro Gobierno desoye las exigencias de la UE, que en los últimos meses ha pedido a España la introducción del contrato único y la descentralización de la negociación colectiva a nivel de empresa, se le podrían imponer multas de hasta el 0,1% del PIB.
Las sanciones serían semiautomáticas, es decir se aprobarían a propuesta de la Comisión salvo que una mayoría cualificada de países las tumbe.
Otros indicadores por los que se podrá sancionar
El resto de indicadores que propone Bruselas para lanzar procedimientos por desequilibrios excesivos son el déficit por cuenta corriente, la posición neta de inversión internacional, la cuota de mercado exportador, los costes laborales unitarios nominales, los tipos de cambio efectivos, la deuda privada, el flujo de crédito al sector privado, los precios de la vivienda y la deuda pública.
La aprobación de la lista podría retrasarse unas semanas más debido al enfrentamiento entre Alemania y España sobre cómo deben examinarse los desequilibrios positivos. Mientras que Berlín rechaza que se expediente a los países que tengan, por ejemplo superávit por cuenta corriente, el Gobierno reclama que los desequilibrios positivos también sean tenidos en cuenta en los procedimientos sancionadores.