Así se aplica la subida del impuesto de la renta
- El cálculo se hace no sobre los ingresos totales, sino sobre la base liquidable
- Hay que aplicar antes las deducciones y los descuentos por hijos y familia
- Se esperan recaudar 5.357 millones, la mayoría de las rentas del trabajo
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La subida del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) aprobada por el Gobierno dentro de su primer paquete de ajustes no modifica los tipos impositivos que ya se aplican, sino que se añade un nuevo tipo que se define como “gravamen complementario” contra el déficit y que estará vigente de forma temporal, durante dos años.
Este gravamen se aplica sobre la base liquidable de las rentas del trabajo y sobre la base liquidable del ahorro, es decir, para calcularlo es necesario realizar primero las deducciones y restar los mínimos correspondientes a la situación personal y familiar de los ingresos totales.
Una vez hallada la base liquidable, se aplicará la siguiente tabla para saber la cuantía del gravamen:
Base liquidable general (euros) | Tipo aplicable (%) |
---|---|
0 | 0,75 |
17.707,20 | 2 |
33.007,20 | 3 |
53.407,20 | 4 |
120.000,20 | 5 |
175.000,20 | 6 |
300.000,20 | 7 |
Según los ejemplos incluidos en el propio Real Decreto aprobado por el Gobierno, una persona soltera sin hijos que gane 16.000 euros al año pagará 53,86 euros más; si gana 30.000 euros, serán 248,88 euros más; y si su renta asciende a 400.000 euros, serán 20.567,95 euros.
Sueldo bruto | Base liquidable | Incremento cuota |
9.500 | 4.186,75 | 0 |
12.000 | 7.878,30 | 20,45 |
16.000 | 12.332,00 | 53,86 |
20.000 | 16.078,00 | 81,95 |
30.000 | 25.443,00 | 248,88 |
45.000 | 39.886,67 | 606,55 |
70.000 | 64.886,67 | 1.471,35 |
110.000 | 104.886,67 | 3.071,35 |
160.000 | 154.886,67 | 5.420,21 |
220.000 | 214.886,67 | 8.819,08 |
400.000 | 394.886,67 | 20.567,94 |
El importe será menor si se trata de una familia con hijos o ascendientes a su cargo, entre otras posibles reducciones. Estos son los incrementos de la cuota para una pareja con dos hijos que presenta una declaración conjunta:
Sueldo bruto | Base liquidable | Incremento cuota |
9.500 | 1.416,75 | 0 |
12.000 | 4.478,30 | 0 |
16.000 | 8,932,00 | 0 |
20.000 | 12.678,00 | 27,38 |
30.000 | 22.043,00 | 151,81 |
45.000 | 36.486,67 | 475,48 |
70.000 | 61.486,67 | 1.306,28 |
110.000 | 101.486,67 | 2.906,28 |
160.000 | 151.486,67 | 5.221,14 |
220.000 | 211.486,67 | 8.586,01 |
400.000 | 391.486,67 | 20.300,87 |
De la misma forma, sobre la base liquidable del ahorro, que grava ingresos como los intereses de una cuenta corriente o los dividendos de acciones, se aplicará la siguiente tabla.
Base liquidable del ahorro (euros) | Tipo aplicable (%) |
---|---|
0 | 2 |
6.000 | 4 |
24.000 | 6 |
Según la estimación del Gobierno, con esta medida se recaudarán 5.347 millones en 2012, que provendrán en su mayoría de las rentas del trabajo, con 4.111 euros, mientras que las rentas del ahorro aportarán 1.246 euros más.