El Tribunal de la UE defiende el derecho de vacaciones en bajas por enfermedad
- Califica de "especial importancia" las vacaciones anuales retribuidas
- ·El derecho a vacaciones "no se puede supeditar a ningún tipo de requisito"
Los trabajadores de baja por enfermedad o accidente conservan su derecho a cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas, según una sentencia dictada este martes por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
"El derecho a vacaciones anuales retribuidas debe considerarse un principio del Derecho social de la Unión de especial importancia, respecto al cual no pueden establecerse excepciones y cuya aplicación por parte de las autoridades nacionales únicamente puede efectuarse respetando los límites establecidos", según un comunicado del Tribunal.
Aunque los Estados miembros pueden fijar las condiciones de ejercicio y aplicación del derecho a las vacaciones anuales, "no pueden supeditar a ningún tipo de requisito la constitución de este derecho ni impedir el propio nacimiento de dicho derecho concedido expresamente a todos los trabajadores", añade.
Tiempo de trabajo efectivo
El Tribunal precisa que la Directiva aplicable no diferencia entre los empleados que trabajan durante el período de devengo de las vacaciones y los que se ausentan por una baja por enfermedad. La sentencia se refiere al caso de Maribel Domínguez, empleada del "Centre informatique du Centre Ouest Atlantique" en Francia, y que en 2005 sufrió un accidente entre su domicilio y el lugar de trabajo.
Domínguez acudió a los tribunales franceses para obtener 22,5 días de vacaciones correspondientes al referido período que le había denegado su empleador o, con carácter subsidiario, el pago de una indemnización compensatoria.
La afectada consideró que el período de suspensión de su contrato de trabajo tras el accidente debía considerarse tiempo de trabajo efectivo para el cálculo de las vacaciones retribuidas. Al haber sido desestimadas sus pretensiones, Domínguez interpuso un recurso de casación ante el tribunal francés correspondiente, que se dirigió al Tribunal de Justicia de la UE para resolver la cuestión.