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Garzón declara el martes en el juicio por la Memoria Histórica si la Sala no acoge su petición de nulidad

  • La fiscalía y la defensa piden la libre absolución de Garzón por prevaricación
  • La acusación popular mantiene su petición de 20 años de inhabilitación
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BALTASAR GARZÓN SE REÚNE CON EL PLENO DE LA JUDICATURA EN QUITO ECUADOR
El juez español Baltasar Garzón declarará por el juicio por prevaricación al investigar los crímenes del franquismo.

El juez Baltasar Garzón tendrá que despojarse de nuevo este martes de su toga  de magistrado y sentarse en el banquillo de los acusados para  declarar en el juicio que se reanuda en el Tribunal Supremo contra él  por un presunto delito de prevaricación, que habría cometido al abrir  una causa contra el franquismo en la Audiencia Nacional.

La vista proseguirá según el calendario fijado para las pruebas  testificales y periciales a no ser que la Sala haga suyos los  argumentos esgrimidos la pasada semana por la defensa del juez  suspendido de la Audiencia Nacional. Esta parte solicitó la anulación  de todo el procedimiento por ser aplicable a este caso la denominada  "doctrina Botín", que establece que la acusación popular no es  suficiente para sostener una causa si la Fiscalía no presenta  acusación alguna.

La aplicación de esta doctrina -llamada así por haber sido  instaurada en el denominado "caso de las cesiones de crédito", en el  que estaba imputado el presidente del Banco Santander- se  justificaría, según el abogado de Garzón, en el hecho de que en este  caso el juez suspendido se sienta en el banquillo con la única  acusación de Manos Limpias y la organización Libertad e Identidad,  sin que hayan presentado cargos contra él ni el Ministerio Público ni  ninguna parte directamente perjudicada por sus actuaciones.

Paralelamente, el abogado de Garzón en esta causa, que es Gonzalo  Martínez Fresneda, planteó la nulidad de todas las actuaciones  desarrolladas por el instructor del caso, el magistrado Luciano  Varela, desde el 20 abril de 2010, que fue la fecha en la que se dio  la oportunidad a las acusaciones, que en principio eran Manos Limpias  y Falange -posteriormente expulsada del procedimiento-, de subsanar  determinados defectos que presentaban sus escritos de acusación.

Es posible que la Sala, presidida por el magistrado Carlos  Granados, comunique oralmente al inicio de la vista su resolución  respecto de estas peticiones que, de ser acogidas, llevarían a la  anulación del juicio.

Si se rechazan, la vista proseguirá con las sesiones previstas  hasta el próximo 13 de febrero, que es la fecha para la que se ha  fijado la exposición de los informes finales por todas las partes.  Por el momento, para los días 1 y 2 de febrero están citadas seis de  las personas pertenecientes a asociaciones para la Memoria Histórica  que firmaron las denuncias que dieron lugar a la investigación de  Garzón sobre el franquismo.

La Fiscalía pide la libre absolución

La Fiscalía no presenta acusación y solicita la libre absolución  de Garzón -mantiene la misma postura en los tres procedimientos  abiertos al titular del Juzgado Central de Instrucción número 5-, si  bien el sindicato Manos Limpias, que concurre como acusación popular  junto a la asociación Libertad e Identidad, pide que Garzón sea  multado e inhabilitado por 20 años.

En su escrito de acusación, Manos Limpias sostiene que en todas  sus actuaciones, Garzón "era perfectamente consciente de su  incompetencia; de la retroactividad sancionadora que adoptaba; de la  prescripción de los delitos que perseguía; del fallecimiento de  víctimas y autores; de la creación de una causa general en contra de  los principios de legalidad, culpabilidad y personalidad; de la  inaplicación del derecho consuetudinario internacional, y de la  infracción en suma de los más elementales criterios de legalidad".

Por ello, piden al Supremo que imponga a Garzón la pena de 24  meses de multa, a razón de 30 euros al día, así como 20 años de  inhabilitación especial para empleo o cargo público, con pérdida  definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos,  y con la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena  cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno  dentro del Poder Judicial o funciones jurisdiccionales fuera del  mismo, así como al pago de las costas procesales producidas incluidas  las de la acusación Popular.

El ponente de la sentencia que se dicte por este caso será el  magistrado Andrés Martínez Arrieta. Completan la Sala enjuiciadora  los magistrados de la Sala Segunda Carlos Granados (que presidirá la  vista), Perfecto Andrés Ibáñez, Julián Sánchez Melgar, José Ramón  Soriano Soriano, José Manuel Maza Martín y Miguel Colmenero Menéndez  de Luarca y Andrés Martínez Arrieta, que será el ponente de la  sentencia.