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El TSJA exige que El Algarrobico siga siendo "espacio protegido no urbanizable"

  • El alto tribunal andaluz insta a que se cumpla la sentencia del Supremo
  • El ultimátum para restablecerlo como "no urbanizable" acaba en tres días

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado  una providencia en la que emplaza al Ayuntamiento de Carboneras  (Almería) y a la Junta de Andalucía a que adopte antes de diez días  medidas para "restablecer" el paraje de El Algarrobico al nivel de  protección del que gozaba en 1994 como "espacio protegido no  urbanizable". El ultimátum, notificado el día 24, expira en tres  días.

La resolución del Alto Tribunal andaluz insta a ambas  administraciones a dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal  Supremo (TS) que suspendió provisionalmente y de forma parcial el  Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de  Cabo de Gata-Níjar aprobado por la Junta de Andalucía en 2008.

Esta ratificaba un fallo previo del TSJA que adoptó esta medida al  estimar que el nivel de protección dado a la zona como "núcleo  habitado existente o zona transformada" dejaba la puerta abierta a la  rehabilitación de inmuebles con uso turístico y, por tanto, "uso  efectivo" del hotel de Azata del Sol con "efecto devastador"  medioambiental.

En el caso del Ayuntamiento, se trata del segundo apercibimiento  ya que el Alto Tribunal andaluz acordó prohibir en agosto de 2010 al  exalcalde de Carboneras, el socialista Cristóbal Fernández, que  acometiese actuaciones urbanísticas en el paraje después la Corporación local hubiese aprobado un año antes la adaptación de sus  Normas Subsidiarias (NNSS) a la Ley de Ordenación Urbanística de  Andalucía (LOUA) en la que mantenía la calificación de urbanizable  para El Algarrobico.

Atención a un escrito de Greenpeace

La providencia, dictada el día 24 y a la que ha tenido acceso  Europa Press, se dicta en atención a un escrito presentado por  Greenpeace tanto ante el Supremo como ante el TSJA en el que  informaba a ambos órganos de que tanto la Consejería andaluza de  Medio Ambiente como el Ayuntamiento carbonero estaban "incumpliendo"  ambos pronunciamientos judiciales.

En respuesta, el Alto Tribunal andaluz requiere a la Junta y al  Consistorio para que, en el plazo de diez días, acrediten a la sala  de los Contencioso-administrativo la adopción de medidas "para  restablecer al espacio 'El Algarrobico' el nivel de protección que  tenía aprobado en el PORN de 1994 como espacio protegido no  urbanizable". Contra ella cabe la interposición de recurso de  reposición.

El Supremo acordó el pasado mes de septiembre rechazar el recurso  de la Junta y respaldar la argumentación del TSJA que sostiene que la  "ambigüedad" del Decreto por el que aprobó el aprobación del PORN  de  2008 produciría, de aplicarse en un concreto sentido, "un efecto  devastador" en la zona de El Algarrobico al incluirlo incluye en una  zonificación en la que son compatibles nuevas edificaciones y la  rehabilitación de las existentes, "lo que podría implicar la  terminación de la infraestructura".  

"Interés público en proteger el medio físico"

Asimismo, apoyó la tesis del TSJA de que la suspensión cautelar  acordada respondía al beneficio del "interés público en proteger el  medio físico" y que el paraje quedaba "mejor amparado" con el PORN  anterior, de 1994, ya que le da "una más intensa y mejor protección  ambiental, donde no era posible construcción alguna, ni la  legalización de las ejecutadas".  La Junta de Andalucía defendía en su recurso que ese plan era un  "refuerzo de la protección de este espacio natural" almeriense y  permitiría en su momento la demolición del edificio de una veintena  de plantas y 411 habitaciones.

Precisamente el jueves, en respuesta a la negativa de los  colectivos ecologistas a acudir a la cumbre convocada para abordar el  futuro del establecimiento, el regidor carbonero, el independiente  Salvador Hernández, aseguró que el pronunciamiento del TSJA el fallo  que ratifica uno previo del Tribunal Superior de Justicia de  Andalucía (TSJA) aludía "a la reiteración en las medidas cautelares  de mantener la suspensión de la modificación de 1998 del Decreto  sobre Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Parque  Natural Cabo de Gata sobre el nivel de protección".

En este sentido, la responsable de la campaña de Costas de  Greenpeace, Pilar Marcos, ha subrayado que la Justicia se ha  encargado "ya" de "resolver el problema" al declarar nula "la  licencia de obras, el PORN y el deslinde del dominio público  marítimo-terrestre" y que, de este modo, ha dado como "único destino  posible" al hotel "la demolición".

"El alcalde de Carboneras considera que las partes implicadas se  tienen que conocer en esta cumbre, pero lo que tiene que hacer el  nuevo consistorio es cumplir las leyes y las sentencias judiciales",  ha trasladado para, a continuación, exigir que anule la licencia de  obras "ilegal" y reconozca en su plan urbanístico "que no se puede  urbanizar en ese sector del parque natural".