El juez discrepante en la absolución de Garzón: "El fin no justifica los medios"
- El juez Maza teme que la sentencia sirva de referente para otros jueces
- Considera "un insulto a la razón" mantener que Garzón desconocía la Ley
- También ha negado que el Supremo tenga "una actitud persecutoria"
El magistrado del Tribunal Supremo José Manuel Maza ha sido partidario de condenar a Baltasar Garzón en el 'juicio de la memoria histórica', en el que el exjuez ha sido absuelto, en un voto particular discrepante al entender que el acusado "sabía perfectamente" que incurría en un "grave incumplimiento de la Ley" y afirmar lo contrario supone "un insulto a la razón".
Además, el magistrado se muestra "seriamente" preocupado porque este precedente pueda dar pie a que otros jueces se encuentren habilitados para aplicar el principio de que "el fin justifica los medios".
Maza defiende que la "buena intención" del ya exjuez de la Audiencia Nacional para reparar a las víctimas no sirve para justificar su conducta y expresa así su "honda preocupación" por el precedente que supone la sentencia absolutoria en relación con el delito de prevaricación judicial y por la posibilidad de que los magistrados puedan apartarse de las normas alegando la "bondad de sus fines o intenciones subjetivas" en resoluciones que contravengan de manera "clara y flagrante" los principios básicos del ordenamiento jurídico.
"¿Es que a partir de ahora el Juez español puede desobedecer las leyes patrias, las dictadas por nuestro Parlamento soberano, porque encuentre criterios u opiniones ajenos a nuestro Derecho que coincidan con su particular modo de ver las cosas?", cuestiona.
En esta línea, remarca que la filosofía basada en que "el fin justifica los medios" se ha declarado "enérgica y razonablemente" ajena al Estado de Derecho, como señaló la propia Sala de lo Penal del Supremo en la sentencia que condenó a Garzón a 11 años de inhabilitación por intervenir las conversaciones de los imputados de la Gürtel con sus abogados en prisión.
"Pocas veces se habrá visto un ejemplo más claro de lo que es una prevaricación judicial, cuando el Juez elige aquellos criterios que se compadecen con su voluntad, independientemente de su origen, razón o eficacia, para justificar con ellos el incumplimiento del mandato de la norma que verdaderamente le vincula", advierte sobre la instrucción que llevó a cabo Garzón sobre los crímenes y desapariciones de la Guerra Civil y el franquismo.
A su entender, el juez instructor incurrió en un abuso de sus facultades jurisdiccionales al incoar un procedimiento penal a raíz de unas denuncias que, en realidad, no buscaban el enjuiciamiento y condena de los responsables, sino la "legítima satisfacción moral" de conocer el paradero de los restos de sus familiares.
Reproches al fiscal
El magistrado discrepante dirige parte de su voto particular a las "poco afortunadas y carentes de razón" referencias del fiscal Luis Navajas sobre la labor del instructor Luciano Varela y sobre sus dudas de que la causa se tratase de un "ejercicio repudiable" contra el acusado "por ser quien" era.
Maza tranquiliza al Ministerio Público, que solicitaba la absolución, diciéndole que no debería estar preocupado ya que "seguro que conoce sobradamente que no entra dentro del proceder de ningún miembro" del Supremo "actitud alguna persecutoria contra un ciudadano por el hecho de ser quien es, sospecha que permítasenos calificar a estas alturas, de absurda".
En su opinión, el hecho de enjuiciar un supuesto delito de prevaricación no debería causa "alarma alguna a nadie" y menos si cabe al Fiscal. En cambio, sí pone de manifiesto la confianza en el correcto uso de la independencia judicial. "El pronunciamiento absolutorio acordado por la mayoría de esta Sala habrá dado cumplida satisfacción al Ministerio Público, despejando ampliamente sus dudas y tranquilizándole respecto de los temores por la incolumidad de la independencia judicial", remacha.
"Efecto victimizador"
Es más, Maza mantiene que el exjuez de la Audiencia Nacional debía "sin duda" conocer que las pretensiones de los afectados no podían resolverse por la vía penal y que su actuación se convertiría en un "verdadero simulacro" de instrucción penal, "que, a la postre, conduciría a los denunciantes, como era previsible e inevitable, a una frustración más en tan difícil y meritoria búsqueda de los restos de sus seres queridos para honrarlos debidamente, añadiendo sobre ellos un nuevo y reiterado efecto "victimizador".
El que fuera titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 calificó los hechos como un delito permanente de detención ilegal sin dar cuenta del paradero de la víctima y defendió que no estaban prescritos. A este respecto, el juez discrepante reprueba la "tamaña inconsistencia" de tal argumentación, que evidencia, en su opinión, la voluntad de Garzón de seguir adelante con sus "personales designios" sin preocuparse de cumplir el Derecho vigente.
"¿Pretende acaso el magistrado acusado que unas personas víctimas de desaparición forzada bajo la Dictadura han permanecido en situación de privación de libertad, en algún lugar ignoto, durante una extensión tal de tiempo, en la que se incluyen los últimos 36 años, recuperadas ya plenamente las libertades propias de nuestro sistema democrático?", se pregunta Maza.
El magistrado dice compartir "fervorosamente" el "excelente texto" en el que sus compañeros ofrecen una explicación "contextual, social, política e histórica" de las normas de aplicación en el caso enjuiciado, aunque disiente "por completo" de que la conducta del acusado fuera una "simple equivocación".
Resalta que la amplia experiencia y conocimientos de Garzón y la gran cantidad de asuntos de indudable trascendencia que tramitó "hace imposible" pensar que desconociera "cuestiones tan elementales" del Derecho como la Ley de Amnistía o de la Memoria Histórica.