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El paraje de El Algarrobico (Almería) ya es espacio protegido no urbanizable

  • La Junta de Andalucía recoge la calificación ordenada por los tribunales
  • El grado anterior dejaba la puerta abierta a los inmuebles turísticos
  • Así, permitía el "uso efectivo" del hotel de Azata con 20 plantas

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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) recoge la calificación como espacio protegido no urbanizable del paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), por lo que el sector sobre el que se asienta el hotel de Azata del Sol goza del máximo grado de protección medioambiental dentro del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.

La Consejería de Medio Ambiente da así cumplimiento este viernes a la providencia del pasado día 6 en la que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) instaba por segunda vez a la Junta a ejecutar las resoluciones judiciales dictadas en torno el nivel de protección que debía tener la zona.

El Tribunal Supremo (TS) ratificó en septiembre de 2011 un fallo previo del TSJA que acordaba suspender de manera cautelar y forma parcial el PORN del parque natural de Cabo de Gata-Níjar aprobado por la Consejería en 2008 al estimar que el grado de protección dado a la zona dejaba la puerta abierta a la rehabilitación de inmuebles con uso turístico y, por tanto, al "uso efectivo" del hotel de Azata de una veintena de plantas y 411 habitaciones con un "efecto devastador" medioambiental.

Efecto devastador del hotel en El Algarrobico

En concreto, respaldó la argumentación del Alto Tribunal andaluz que sostenía que la "ambigüedad" del Decreto del PORN de 2008 produciría, de aplicarse en un concreto sentido, "un efecto devastador" en la zona de El Algarrobico al incluirlo en una zonificación en la que son compatibles nuevas edificaciones y la rehabilitación de las existentes, "lo que podría implicar la terminación de la infraestructura", según el Supremo. 

Asimismo, apoyó la tesis del TSJA de que la suspensión cautelar acordada respondía al beneficio del "interés público en proteger el medio físico" y que el paraje quedaba "mejor amparado" con el PORN anterior, de 1994, ya que le da "una más intensa y mejor protección ambiental, donde no era posible construcción alguna, ni la legalización de las ejecutadas". 

La Junta de Andalucía defendía en su recurso que la normativa de 2008, y suspendida cautelarmente en más de 50 puntos por el TSJA en un procedimiento contencioso-administrativo aún pendiente de resolver e iniciado a instancias de Greenpeace, era un "refuerzo de la protección de este espacio natural" almeriense y que permitiría "en su momento" la demolición del establecimiento hotelero.